Queja número 16/4464
Logramos la devolución de cantidades embargadas a consecuencia de recibo de IBI duplicado.
La parte promotora de la queja, en nombre y representación de sus hermanos, exponía que en fecha 11 de marzo de 2015 había presentado escrito de alegaciones al procedimiento de recaudación, llevado a cabo por el servicio correspondiente de la Diputación de Granada, respecto del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Rústica, sin que desde entonces hubieran recibido respuesta alguna, antes bien según indicaba se había procedido a la ejecución de embargo de nómina y se había generado cobro por duplicado de recibo por el citado Impuesto.
Interesados ante la administración, se nos indica mediante informe que se ha estimado la petición formulada y se ha procedido a la devolución del recargo, costas e intereses de demora.
Dado que el asunto objeto de la queja ha quedado solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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