Queja número 16/1124
Tras nuestra intervención Endesa subsana el error cometido al pretender exigir la ejecución de instalaciones de extensión para dar luz.
La interesada, divorciada con dificultades económicas y dos menores a su cargo, acudía a esta Institución ante la imposibilidad de dar suministro de luz a su vivienda.
La vivienda contaba con suministro a nombre de su ex-pareja, pero les cortaron el suministro hacía unos dos años por impago. Con objeto de regularizar su situación acudió a una oficina de Endesa y le dijeron que para dar de alta debía hacer frente a una deuda de 404,90 euros.
Con la ayuda de los Servicios Sociales municipales pudo hacer frente al pago de dicha deuda. Sin embargo con posterioridad recibía comunicación de Endesa Distribución exigiéndole la realización de instalaciones de extensión de red a su cargo, por importe total de 5.164,09 euros.
Solicitada información a Endesa, se nos indica que en el mes de abril de 2016 se realizó el alta del contrato a nombre de la interesada.
En relación al importe exigido, indican que resultó ser un informe de la Ingeniería donde se establecía un punto de suministro en una zona de afección del AVE que, posteriormente, se comprobó y modificó.
Finalmente, indican que los derechos de contratación generados en el alta directa del suministro eléctrico se limitaban al Depósito de Garantía (18,53 euros) y Depósito Contratación Distribuidora (77,02 euros).
Habiendo quedado resuelto el asunto objeto de la queja, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones.
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