Queja número 19/4430
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a establecimiento de tasa por prestación recogida de residuos, el Ayuntamiento de Cártama nos traslada la siguiente información:
“La tasa para la recogida de residuos se encuentra regulada en el Término Municipal de Cártama en la Ordenanza Fiscal nº 10 donde en su artículo número 5.1 se recogen las tarifas a aplicar a cada inmueble.
En la misma se recogen una tarifa diferenciada, en el caso de vivienda que es el caso que nos ocupa, en función de que el inmueble esté ubicado en el casco urbano o bien se trate de un inmueble situado en el diseminado. A tal efecto la tarifa actual vigente es de 79,00 euros para viviendas situadas en el casco urbano y, 67,00 euros para las situadas en diseminado, diferenciación que se realiza como se ha explicado por las características especiales de la zona.
Dichas tarifas diferenciadas se han aplicado tal y como establece en la ordenanza en todas las liquidaciones emitidas a nombre de D. (...), incluida la correspondiente al ejercicio 2019 y sucesivas.
Por otro lado en el punto III Antecedentes hace referencia a que aplicamos la tarifa de 73,45 euros salvo establecimiento restauración, hostelería etc que será de 131,46 euros, lo cual debe de ser un error ya que la mismas no se corresponde con las aplicadas en la Ordenanza Fiscal nº 10 del ayuntamiento de Cártama.
CONCLUSIONES
Consideramos que el servicio prestado a la vivienda de Don (...) , se realiza de forma razonable dadas las características de su vivienda y que las recomendaciones que nos propone en su escrito las cumple este Ayuntamiento.
Finalmente este Ayuntamiento quiere solicitar su comprensión por la tardanza en responder a su recomendación la cual se debe únicamente a la saturación existente en los servicios municipales”.
Tras un detenido estudio de la información recibida, se deduce que dicho organismo ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución. En consecuencia, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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