Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/1648 dirigida a Consejería de Salud y Familias
El Defensor del Pueblo Andaluz tramitó la queja de oficio 16/5822 para estudiar la situación creada para atender las custodias de personas internas en prisión que debían ser trasladas a centros sanitarios en Sevilla. En concreto, diferentes fuentes explicaban la grave carencia de efectivos de Fuerzas de Seguridad para ejecutar dichos traslados, así como para mantener las custodias durante las estancias de estas personas para ser atendidas. En el mismo sentido, esas carencias podrían afectar a la efectiva recepción de los servicios sanitarios en los casos en los que los traslados se dilataban por falta de fuerzas conductoras. Todo ello, además, con la evidente implicación de los servicios especializados del propio Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA).
Así mismo, consideramos necesario solicitar la colaboración de la Subdelegación del Gobierno para incorporar el punto de vista de la dirección de las fuerzas policiales encargadas de desarrollar estas custodias. Dicho organismo aportó su posición mediante informe en el que se explicaba la creación de un grupo de trabajo con autoridades sanitarias andaluzas que “...se constituyó el 16 de diciembre de 2016 en la sede de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Se convocó, en esta primera fase, a los actores del a Administración General del Estado: Subdelegados de Gobierno, representantes de la Subdirección General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria, Guardia Civil, Policía Nacional y al Coordinador de Instituciones Penitenciarias territorial. Por último, se informa que se celebró la segunda reunión de este grupo el 29 de marzo de 2017. En el curso de la misma se concluyó la necesidad de seguir avanzando en las actuaciones de mejora y de profundizar en las líneas de mejora identificadas”.
Pues bien, tras los trámites anteriores en los que participaron las autoridades sanitarias andaluzas, el Defensor del Pueblo Andaluz formuló a la Delegación Territorial de Salud de Sevilla las siguientes Resoluciones (que también fueron remitidas a la Subdelegación del Gobierno de Sevilla):
“RECORDATORIO de la normativa aludida para garantizar el eficaz prestación del derecho a la protección de la salud y el acceso equitativo a los servicios sanitarios de la población reclusa.
SUGERENCIA a fin de establecer mediante la colaboración de todas las Administraciones afectadas las mejores condiciones de organización del servicio de conducciones y custodias como acciones necesarias de garantía del derecho la salud para el colectivo de personas internas en prisión”.
Hemos de insistir, en el ámbito estricto de la presente queja de oficio, que hablamos de la coordinación de las conducciones de enfermos a los servicios sanitarios desde los centros penitenciarios a los recursos propios del SSPA, siendo conscientes de que dichos procesos se integran en el escenario general de la ordenación de las actividades de la sanidad penitenciaria, cuya gestión y traspaso a la gestión autonómica está en fase de discusión.
Desde esta Institución hemos permanecido atentos a la evolución de los servicios sanitarios para enfermos internos en prisión y a la mejor aplicación de los criterios anunciados para la ordenación de estos servicios, lo que supone un innegable impacto en las tareas que se asumen desde los recursos sanitarios púbicos de Andalucía.
Pues bien, hemos tenido conocimiento de la aprobación por el Consejo de Ministros del pasado 18 de enero de 2019 de un Plan de Infraestructuras Penitenciarias 2019-2025 en el que se se alude a la creación de una nueva Unidad de Custodia Hospitalaria para internos en prisión en la provincia de Sevilla.
Obviamente, la creación de estas Unidades de Custodia Hospitalaria implica una repercusión en el sistema sanitario público andaluz (SSPA), en particular, para los centros de especialidades de referencia de los Centros Penitenciarios atendidos. Por ello, resulta de gran interés conocer los trabajos o aportaciones del SSPA en la futura creación de estos nuevos recursos de la sanidad penitenciaria en Sevilla.
Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Consejería de Salud y Familias a fin de conocer:
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actuaciones de coordinación o participación de los responsables del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) en la creación de una nueva unidad de custodia hospitalaria (UCH) anunciada en Sevilla.
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ubicación y descripción de dicha UCH.
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planificación de los servicios y dotaciones que dicha nueva UCH implicará en los recursos del SSPA.
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