Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/2006 dirigida a Ayuntamiento de Granada
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
Nos informan de las medidas para la protección del Lavadero de El Realejo, en Granada.
22-04-2019 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
El Defensor del Pueblo Andaluz tramitó queja ante la situación de deterioro del lavadero y la Placeta de la Puerta del Sol en El Realejo, de la ciudad de Granada. Para ello recabamos información a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte, así como al propio Ayuntamiento de la capital granadina. La citada Delegación Territorial nos ha manifestado al respecto que
“Esta Delegación Territorial considera que según "lo dispuesto por el artículo 155,1 dela Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía y lo establecido por el artículo 14,1 de /a Ley 14/2007, de 26 de diciembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, son los propietarios de terrenos, construcciones y edificios quienes tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores y se mantengan en un adecuado estado de seguridad salubridad y ornato. En consecuencia, es deber del Ayuntamiento el adoptar las medidas necesarias para que el citado lavadero no se vea deteriorado”. En este sentido, se remitió oficio al Ayuntamiento de Granada instándole a la adopción de las medidas necesarias para la conservación del Bien (documento adjunto número 4)”.
Del mismo modo, el propio Ayuntamiento de Granada nos informó con fecha 3 de diciembre de 2018 que:
“Actualmente el Lavadero y su estructura presenta un estado que no es irreversible, pero que si requiere de una actuación integral. De los primeros estudios realizados, parece que la cimentación realizada no fuera muy sólida y debido a los continuos derrames del vaso al realizar las tareas de lavado, la estructura presenta un asiento visible, el cual es necesario corregirlo. Así mismo las armaduras que componen la cubierta presentan síntomas de deterioro, debido a la falta de estanqueidad de la cubierta y a la no aplicación de protectores en su larga vida. Por otra parte, se observa que el uso incívico que ha tenido el entorno por parte de algún "ciudadano", tampoco ha ayudado a su estado actual, sirviendo de estercolero, retrete y pintadas, que lo han deteriorado aún más. Por ello los Servicios Técnicos, proponen una ordenación del entorno de la placeta y la restauración del lavadero, desmontando toda la estructura (armaduras de madera, columnas, basas y vaso), para después volverla a montar para devolverle la horizontalidad a la totalidad de la construcción. Para ello se realizó un levantamiento taquimétrico del lavadero, habiéndose efectuado los correspondiente planos del estado actual ( los cuales se adjuntan), En este momento estamos recopilando los documentos históricos para proceder a su intervención con un sentido científico”.
A la vista de sendas informaciones, entendimos que ambas administraciones, en el marco de sus respectivas iniciativas, vienen interviniendo sobre el inmueble y entorno de la citada ermita en los términos que se recogen en dichos escritos. Además manifestamos que “Es intención de esta Institución proseguir impulsado las actuaciones necesarias de todas las instancias competentes para salvaguardar la integridad de dicho entorno merecedor de la protección y tutela que la normativa establece para los inmuebles inscritos en el CGPHA”.
Finalmente “reiteramos, tanto al Ayuntamiento de Granada como a la Delegación de Cultura gaditana, la importancia de imprimir continuidad de los proyectos emprendidos, y que se anuncian en su información, y el impulso de las medidas dirigidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas, en sus respectivos ámbitos competenciales, en la normativa patrimonial y artística”.
Pues bien, recientemente hemos tenido conocimiento del agravamiento de la situación y en particular del estado del lavadero, que es el último con estas interesantes características que quedan en la zona. Aun a pesar de las recientes actuaciones sobre la zona, las noticias publicadas y la propia preocupación generada por ciudadanos y entidades vecinales aconsejan un seguimiento formal de la situación y de las medias de protección que se anunciaban tras nuestra tramitación anterior.
Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante el Ayuntamiento de Granada a fin de conocer:
-
grado de protección del Lavadero situado en el Rincón del Sol, en El Realejo granadino.
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labores de intervención que se hubieran realizado o calendario de intervenciones previstas, en su caso.
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acciones de control y seguimiento de la ejecución de las mismas.
-
evaluación o estudio para dotar al elemento de alguna categoría singular de protección patrimonial.
11-07-2019 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Tras la tramitación de la queja el Defensor ha recibido informe en el que se indica que:
“Desde hace unos meses el Servicio de Arquitectura se encuentra realizando el correspondiente proyecto de Restauración del Lavadero del Sol y la reordenación de la Placeta que lleva su nombre.
En la actualidad la ejecución del proyecto se encuentra pendiente de la realización del preceptivo estudio geotécnico, existiendo un pequeño escollo, que entendemos se solventará en breve, en relación con la dificultad de acceso dela maquinaría de sondeos.
No obstante señalar que si bien es cierto que la situación del Lavadero es privilegiada, siendo uno de los miradores más bellos de la ciudad, y que necesita una actuación de regeneración. Algunos ciudadanos no lo consideran así, habiéndolo convertido en un autentico estercolero.
Por un lado los que sin pudor miccionan en la Placeta, por otros los que organizan "fiestas", dejando las botellas tiradas, rompiéndolas en algún caso, dejando los cristales con el consiguiente peligro que ello conlleva.
En cuanto al olor, existe una mezcla de "maría", alcohol, orines y aceites vegetales que “alguien” vierte en los muretes del lavadero y en distintas partes de la Placeta, con el objeto de impedir la estancia de los visitantes, tanto de los cívicos como de los incívicos.
Todo esto impide que ciudadanos y visitantes puedan disfrutar de dicho espacio público, por lo que nuestra preocupación va mas allá dela restauración y recuperación del entorno, dado que la tendencia que actualmente se describe mucho me temo no va a cesar con la inversión de recuperación.
En este sentido, se propone que se realice una labor de vigilancia e investigación por parte de la Policía, para que todas estas actitudes dejen de realizarse. Y si llega el caso se aplique las sanciones que correspondan”.
A la vista de los datos aportados, podemos distinguir dos tipologías de intervenciones anunciadas. Una referida a la conservación de los elementos del Lavadero consistentes en “la actualidad la ejecución del proyecto se encuentra pendiente de la realización del preceptivo estudio geotécnico, existiendo un pequeño escollo, que entendemos se solventará en breve, en relación con la dificultad de acceso dela maquinaría de sondeos”.
De otro lado se informe de la necesidad de desplegar actuaciones que están más referidas a la vigilancia, control y reacción policial frente a la presencia incívica y malos usos de este espacio público.
Tras la respuesta dada, entendemos que el Ayuntamiento dispone de un actual conocimiento del estado del entorno y actúa en los términos señalados, por lo que se considera que no procede un pronunciamiento formal en modo de Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz. En todo caso insistimos en la importancia de imprimir continuidad de los proyectos emprendidos, y que se anuncian en su información, y el impulso de las medidas dirigidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas, en los diferentes ámbitos competenciales.
Debemos pues, confirmar en la continuidad de los trabajos y acciones manifestadas por la autoridades municipales, considerando que el asunto se encuentra en vías de solución.
De ahí que procedamos a concluir nuestra intervención, sin perjuicio de desplegar las actividades de seguimiento que el caso aconseje.
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