El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Obtiene para su madre dependiente el servicio de ayuda a domicilio

Queja número 14/5825

Reconocido el derecho al Servicio de Ayuda a Domicilio.

Con fecha 18 de diciembre de 2014 se recibió en esta Institución escrito de queja en el que el compareciente expuso que por Resolución de 27 de marzo de 2014 a su madre le fue reconocida una dependencia moderada. Sin embargo, el empeoramiento de su estado de salud, al haberse sometido a dos intervenciones por su hidrocefalia crónica y el deterioro cognitivo que padecía hizo que el 17 de octubre de 2014 solicitara la revisión de su grado de dependencia, con la intención de poder acceder al auxilio del Servicio de Ayuda a Domicilio.

La revisión, sin embargo, no tuvo lugar, siendo esta la razón por la que el interesado compareció ante esta Institución.

Admitida a trámite la queja, acordamos requerir la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Con fecha de 06 de marzo de 2015, por la Delegación Territorial se evacuó el trámite referido, mediante la remisión de informe en el que se concretaba que la interesada fue valorada con Grado I por Resolución de 13 de enero de 2013 y que había tenido entrada petición de revisión de fecha 31 de octubre de 2014, cuando aún no se había dictado resolución de reconocimiento de grado y dependencia. Y que en cualquier caso, estaba pendiente de su grabación en el sistema SISSAD, teniendo en cuenta que en el momento actual se estaban grabando las solicitudes presentadas en el mes de Agosto.

Al no haberse dictado Resolución de revisión del grado de dependencia, persistiendo, por tanto, la pretensión que motivó la interposición de la presente queja, formulamos a la citada Delegación Territorial Recomendación en el sentido de que, sin más dilación, se valorase al dependiente y se dictase resolución de reconocimiento de su grado de dependencia, dándose al procedimiento el curso que correspondiera hasta su completa finalización, incluida, si procedía, la propuesta y aprobación definitiva del programa individual de atención y la plena efectividad del recurso correspondiente.

En su respuesta se nos informó que, teniendo reconocido el Grado III, por resolución de 5 de febrero de 2016 se había aprobado el correspondiente PIA en el que se le otorgaban como recursos de dependencia el servicio de teleasistencia y el servicio de ayuda a domicilio, de 70 horas mensuales, que sería prestado por el Ayuntamiento de su municipio.

Con el asunto planteado solucionado, consideramos que la resolución formulada había sido aceptada, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía