Queja número 19/2024
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la Reclamación por notificación defectuosa efectuada a tercero, el Ayuntamiento de San Fernando nos traslada la siguiente información:
“Por Decreto de Ia Alcaldía, se ha resuelto Io siguiente:
J. T. L. con NIF …........ con domicilio en calle....., Puerto Real Código Postal 11519, presenta escrito solicitando se envíe toda la documentación correspondiente al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por Ia herencia al fallecimiento de su madre a dicho domicilio.
La liquidación con fecha de aprobación 29 de noviembre de 2018 se consignó una dirección a efectos de notificaciones errónea.
Comprobado lo anterior se procede a rectificar el error detectado, modificando el domicilio del sujeto pasivo.
A mayor abundamiento, se comprueba que la liquidación errónea se le notificó a su hermana en nuestras oficinas.”
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su escrito de fecha 4 de marzo de 2019, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
0 Comentarios