Queja número 21/1199
La persona interesada exponía que, junto con 2 personas más, en representación de un grupo de vecinos, solicitaron al Ayuntamiento de Rincón de la Victoria inspección de obra en la urbanización ..., módulo ... de las zonas comunes traseras ejecutadas por las viviendas …, …, …, … y … . Afirmaban que carecían de licencia e incumplían la ley de accesibilidad. Ante la resolución emitida por el Ayuntamiento el 26 de enero de 2021, (fecha de salida 5 de febrero de 2021) habían presentado alegaciones por su no conformidad.
Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe a la Delegación Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, que en su respuesta indicaba que por Decreto de 26 de enero de 2021 se incoó procedimiento de protección de legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado contra la comunidad de propietarios.
Por Decreto de 24 marzo de 2021 se resolvió el procedimiento de legalidad urbanística, y se ordenó a dicha comunidad de propietarios la reposición a su costa al estado inmediatamente anterior a la instalación de las mamparas o vallas de madera atornilladas en el espacio trasero de las viviendas sitas en los espacios comunes del módulo ... del conjunto residencial en Calle … de Rincón de la Victoria. La reposición de la realidad física alterada debería tener lugar a través del desmontaje y retirada de las mismas, concediéndole un plazo máximo de un mes desde la notificación del presente acuerdo para llevar a cabo las medidas de referencia.
Consideraba el Ayuntamiento que así se daba cumplimiento a lo alegado por la persona reclamante y dos personas más.
De esta información dimos traslado a aquéllas para que presentaran las consideraciones y alegaciones que estimaran convenientes, con objeto de poder valorarlas y, en su caso, continuar nuestras actuaciones. Al no haber formulado ninguna, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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