Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/3714 dirigida a Ayuntamiento de Estepona (Málaga), Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Instituto Andaluz de la Mujer, Centro Provincial de Málaga
Esta Institución ha tenido conocimiento a través de diversos medios de comunicación, del fallecimiento en el mes de marzo, de una mujer de 58 años al ser apuñalada en su domicilio, en la localidad malagueña de Estepona, presuntamente a mano de su actual pareja, un varón de 55 años (natural de Reino Unido), que fue detenido. El hijo de 15 años presenció el trágico suceso.
Según las noticias aparecidas no constaban denuncias previas por violencia machista en el registro de la Policía Nacional.
A la vista de los hechos expuestos, y siguiendo la línea ya emprendida por esta Defensoría, en materia de defensa de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 10 y 15 de la Constitución Española, especialmente en el caso que nos ocupa, cuando la presunta violación de los mismos afecten a las mujeres y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas, se incoa la presente de queja de oficio.
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