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Pedimos a la Administración medidas para mejorar el Programa de Solidaridad de los andaluces

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1547 dirigida a Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Adopción de medidas por parte de la Administración para mejorar el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Pobreza y la Marginación.

En el mes de marzo de 2013, se inició una actuación de oficio en relación con el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Pobreza y la Marginación, en base a que, lejos de responder a nuestras demandas anteriores, de aumentar su cobertura e incrementar los fondos necesarios para su sostenimiento, habíamos tenido conocimiento por varios perceptores del programa que venían recibiendo en estos meses el salario social,  que se habían paralizado en el mes de febrero, así como las disfunciones que les afectaban en cuanto a su abono, demora en la resolución de la petición, etc.

Desconociendo los motivos de tales irregularidades, e iniciada a tal efecto la referida Actuación de Oficio, nos dirigimos a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, solicitando información sobre lo ocurrido en el mes de febrero, así como información sobre las previsiones que a nivel económico se hacían del Programa de referencia para el año 2103.

En su respuesta, se nos informaba sobre la complejidad de la tramitación del Ingreso Mínimo de Solidaridad, debido a la necesidad de considerar diversos parámetros e indicadores, además de la documentación que se requiere, presentando en muchos casos dificultades para las personas que han de solicitar este ingreso.

Añadían que desde la Junta de Andalucía y ya desde la anterior legislatura se había garantizado el Ingreso Mínimo de Solidaridad a 30.000 familias andaluzas cada año, y para el ejercicio 2013 el programa estaba dotado con 70 millones de euros, lo que suponía un incremento del 11,35% respecto del ejercicio anterior.

En el informe se hacía referencia a que la Comunidad cuenta con un nuevo instrumento para hacer frente a la desigualdad, como es el Decreto-Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía.

 

En cuanto al Ingreso Mínimo de Solidaridad se indicaba el refuerzo de la obligatoriedad de adoptar medidas para dotar de mayor agilidad administrativa el procedimiento para la concesión del mismo hasta tanto se apruebe la normativa reguladora de la Renta Básica y, en consecuencia se modifica el Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula la creación del programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad de Andalucía.

Por último, se indicaba que por la Administración cabía esperar que con las medidas contenidas en el Decreto se acotarían significativamente los tiempos de tramitación y de efectivo libramiento de las cantidades que conforman los diferentes salarios sociales de la unidades familiares solicitantes.

A la vista de las circunstancias que se describen, consideramos que es necesario hacer proyecciones anuales previas con la suficiente antelación, evitando así situaciones como las vividas durante varios meses del año, con suspensión de resoluciones y de pagos, al quedar éstas limitadas a los ingresos realizados por la Tesorería de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas que, a su vez, lo son al presupuesto consolidado y fijado en los Presupuestos Generales.

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