Queja número 18/4546
La interesada exponía que con fechas 23 de febrero de 2016, 26 de abril de 2017, 28 de abril de 2017, 16 de agosto de 2017, 6 de octubre de 2017 y 16 de julio de 2018 formuló petición de compra de la vivienda que habitaba, a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), al ser su titular, sin que hubiesen sido resueltos.
Admitida a trámite nos dirigimos a dicha Agencia, únicamente, a los efectos de que se diera una respuesta expresa a los citados escritos presentados por la interesada, es decir, sin entrar en el fondo de las cuestiones planteadas.
Nos respondió la Viceconsejera de Fomento y Vivienda enviando un informe elaborado por la Secretaría General de Vivienda, en el que se indicaba que la vivienda figuraba en las aplicaciones informáticas de la Agencia con régimen de arrendamiento, pero se comprobó que en el periodo anterior a la cesión, en que dicha promoción fue gestionada por la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, se cambió el régimen de tenencia a compraventa. En base a ello, en la actualidad se estaba implementando dicho cambio en las aplicaciones, con el fin de poder tramitar a la mayor brevedad posible la venta de la referida vivienda.
Considerando, en consecuencia, que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios