Queja número 21/6900
La persona reclamante manifestaba que ostentaba la tutoría legal de su madre, con una discapacidad del 84%. El 27 de julio de 2021 operarios del ayuntamiento volvieron a repintar el aparcamiento para personas con movilidad reducida, siendo desplazado hacia la puerta de entrada de su vivienda, siendo entonces imposible el acceso a la misma, por lo que su madre no podía salir ni tampoco entrar/salir ningún tipo de locomoción por ejemplo, una camilla de urgencias. En el 2018 solicitó dentro del marco legal urbanístico un vado consistente en una línea amarilla sólo para la puerta, el cual, fue concedido.
Entendía que se habían producido 2 irregularidades: un aparcamiento para personas disminuidas no se podía hacer tapando entradas y, además, el tamaño del aparcamiento ya que como mínimo tenía que ser de 5m y un añadido por la parte posterior de 1 ́5m. En su caso, el aparcamiento tenía 4 ́60m y no tenía el añadido de 1'5m.
Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe al Ayuntamiento de Guillena que en su respuesta nos indicó que se había podido comprobar que, teniendo en cuenta las dimensiones de la vía y por tanto del acerado, existirían dificultades para acceder a la vivienda para una persona que necesitara cualquier clase de ayuda para desplazarse en el caso de hubiera un vehículo aparcado a la altura de la puerta de entrada. Por ese motivo, se había procedido a desplazar unos metros la zona para el aparcamiento y se había pintado el área de la calzada frente a la puerta de la vivienda con la señalización indicativa de la prohibición de estacionamiento de vehículos.
En consecuencia, deduciéndose que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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