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Preguntamos al Ayuntamiento de Níjar (Almería) por las actuaciones para acabar con los asentamientos en su localidad

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 24/5666. dirigida a Ayuntamiento de Níjar (Almería), Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Secretaría General de Vivienda, y Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería

Las condiciones climátológicas de parte de la provincia de Almería son propicias para el cultivo de la horticultura, facilitando que el sector agrícola de determinados municipios apostara en la década de los 80 por este cultivo y comercialización en el mercado europeo.

Un cultivo que según información de los medios de comunicación aporta aproximadamente 3,5 millones de toneladas de fruta, y ocupa a más de 40.000 trabajadores con una temporalidad de casi todo el año. Las especiales condiciones climatológicas y orográficas de los campos de cultivo le convierten en centros productores que aportan productos de una gran calidad, tal y como se reconoce en los mercados internacionales, aportando además un campo de investigación de extraordinaria importancia.

En Nijar, según datos facilitados por el Ayuntamiento, se cultivan unas 6.000 hectáreas, en con una presencia cada vez mayor de una producción ecológica certificada, llegando ésta a ocupar casi el 50% de esta superficie, lo que le convierte en un modelo diferenciao y un potente motor económico.

El informe denominado "Consecuencias de la discriminación en los asentamientos en la Comarca de Níjar (Almería)", publicado en 2022 por Almería Acoge en colaboración con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, recoge que "el modelo de plasticultura permite que haya producción durante todo el año, por lo que las campañas se suceden y necesitan de un elevado número de mano de obra. De hecho, se habla de una sola campaña que comprende de septiembre a julio".

Ante esta situación, la mano de obra autóctona ha sido insuficiente a lo largo de los años para sacar adelante las cosechas, encontrándo los/as trabajdores/as migrantes un nicho de empleo tanto en el sector productor como en el del manipulado. Esta empleabilidad, junto a la escasez de recursos residenciales adecuados a rentas más precarias, han sido factores que han incidido en la conformación de asentamientos informales propiciado que quienes tienen un trabajo en este sector poder acceder a un techo digno, han derivado en la conformación de asentamientos de chabolas como alternativa habitacional de estos migrantes, que han proliferado de forma distinta en los municipios freseros cronificándose a lo largo del tiempo.

Esta Defensoría tomó conocimiento de esta realidad años atrás en el contexto de sendos informes especiales presentados al Parlamento de Andalucía en 2001 sobre La situación de alojamiento de los temporeros migrantes en la Provincia de Huelva y en el Poniente Almeriense y Campos de Nijar en Almería, con la intención de analizar la situación en la que se encontraban estas personas así como los recursos residenciales disponibles en las provincias y proponer a las administraciones y resto de agentes intervinientes (empresariado, sindicatos, tercer sector) una serie de medidas que permitieran erradicar estos asentamientos chabolistas mediante políticas públicas encaminadas a facilitar la inclusión de la población migrante en los municipios en los que trabajaban. Tras más de 20 años se constata que no solo no se ha resuelto el problema detectado en su momento, si no que en algunos municipios ha crecido.

Estos asentamientos de personas, principalmente migrantes, que residen en lugares no adecuados situados cerca de las explotaciones agrícolas tienen características similares, aunque presentan peculiaridades en función de si se encuentran en zonas cercanas a los pueblos o en terreno rústicos. Se constata que no todas las personas que residen en estos entornos tienen la misma situación administrativa, encontrándose quienes tienen desde hace años su documentación en regla, otras personas que se encuentran en distintos trámites para lograrlo y otros que no tienen documentación que puedan acreditar frente a las administraciones y que encuentran en estos ámbitos una oportunidad de permanecer en nuestro país.

De los distintas fuentes de información analizadas, los migrantes que residen en los asentamientos no suelen relacionarse con otras personas autóctonas ni participar en la vida social de los pueblos, una cuestión en la que sin duda contribuye el aislamiento residencial y las condiciones de alojamiento en las que se encuentran.

A esta invisibilidad social se le une algunas trabas administrativas como son las dificultades para ser empadronadas en las chabolas de cada municipio, a pesar de ser su lugar de residencia habitual, con independencia de si son temporeros en otras ciudades o provincias. Una documentación de suma importancia para poder acreditar su estancia en España y acceder a los recursos públicos a los que tienen derecho y a la documentación necesaria para ser regularizados, entre otras cuestiones.

Y todo ello a pesar de las indicaciones de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal que se recoge que el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón.

La preocupación ante la situación en la que se encuentran estos trabajadores migrantes que residen en chabolas en los asentamientos de algunos pueblos de las provincias de Huelva y Almería es una constante en la actividad de la Institución del Defensor del Pueblo andaluz. Así, tal y como antes se ha expuesto, se ha trasladado al Parlamento Andaluz las distintas perspectivas del fenómeno migratorio en nuestra comunidad a través de los informes anuales y especiales en los que se pone de manifiesto las dificultades que tiene esta población para alcanzar la inclusión en nuestra sociedad y ser ciudadanos de pleno derecho, una situación que se dificulta especialmente a quienes residen en los asentamientos chabolistas.

La visita en 2020 del Relator Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humnos de Naciones Unidas, puso de manifiesto en la esfera internacional la situación en la que residen las personas de los asentamientos, poniendo en evidencia la incapacidad de los poderes públicos para solucionar el problema, el sistema económico que lo propicia así como la responsabilidad de la sociedad para tolerarlo. Se ha tenido también conocimiento que la Comisión Europea de forma preeliminar ha admitido el asunto planteado por IU y Almería Acoge para investigar la situación en la que se hallan los trabajadores que viven en los asentamientos de chabolas, cuestión que se trasladará a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y asuntos de Interior del Parlamento comunitario.

Conscientes en la Defensoría de esta realidad, se trabaja desde hace años para concretar el análisis de los factores que han provocado la cronificación de los asentamientos en las provincias de Huelva y Almería, el papel que han desempeñado los distintos agentes relacionados en esta realidad, así como el impacto en la población destinataria de las iniciativas que se han impulsado para la eliminación de los asentamientos en los últimos años.

Desde las primeras actuaciones, se ha mantenido una línea de trabajo contraria a un mero papel de espectador de estos problemas, y consciente de que las soluciones superan a cada una de los municipios afectados y que es una tarea tanto de las administraciones locales, autonómicas y central como del sector empresarial, entidades del tercer sector y la propia población afectada, se ha llevado a cabo el seguimiento a las iniciativas puestas en marcha para conocer las actuaciones planificadas e implementadas en cada provincia, tal y como se ha manifestado ante el Parlamento de Andalucía en los últimos informes anuales presentados. Un seguimiento que se complementa con la información aportada por el Defensor del Pueblo del Gobierno de España en aras de la colaboración y coordinación con esta Defensoría.

En Andalucía, la Estrategia para la Inmigración 2021/2025, orientada a la inclusión social e integración de la población inmigrante en el conjunto de la sociedad andaluza, evidencia el estado de la situación y los desafíos a abordar. Contempla este documento programático el papel del Foro Andaluz para la Integración Social de las personas de origen migrante, como órgano de consulta, representación y participación en el ámbito de la política social que tiene por objeto establecer un cauce de participación y debate de todos los agentes sociales implicados en el hecho migratorio, para promover la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Andalucía.

Ante estas circunstancias, las administraciones públicas han adoptado iniciativas para proponer actuaciones encaminadas a la eliminación de los asentamientos, así como para actuar en las situaciones de emergencia que se produzcan, como son los incendios o fueron las situaciones de pandemia. En este sentido desde la administración andaluza y en concreto desde la Dirección General de Coordinación y Políticas Migratorias se han arbitrado convocatorias de subvenciones orientadas a paliar esta situación, bien sea mediante partidas presupuestarias para infraestructuras como para el contexto Covid.

Por su parte la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, perteneciente al el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, compartiendo la gravedad de la situación de los trabajadores que residen en estos asentamientos, con el ánimo de contribuir a ofrecer soluciones a la problemática existente en colaboración con las Administraciones públicas con competencia en la materia, desde el año 2020 ha iniciado una serie de trabajos destinados a posibilitar soluciones habitacionales dignas, a la vez que sosteniendo una interlocución constante con la Junta de Andalucía, los municipios afectados, así como con representantes de Entidades Sociales, Sindicatos y Organizaciones Empresariales.

Así, con fecha 1 de julio de 2022 se suscribió un Protocolo general de actuación entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Lepe y el Ayuntamiento de Moguer para impulsar la erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en estos municipios, incluyendo en el mismo una cláusula de adhesión para posibilitar la incorporación de otras Administraciones públicas, así como de entidades privadas que contribuyan a la erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en la Comunidad Autónoma de Andalucía y a su integración residencial y sociolaboral, sin que hasta la fecha se haya constatado adhesión alguna.

Estas actuaciones culminaron con la aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto 983/2022 de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos de Lepe y Moguer para impulsar la erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en sus municipios. Todo ello conforme a los planes de actuación presentados por ambos municipios que fueron aprobados por la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 mediante las correspondientes resoluciones y que están siendo objeto de seguimiento continuado a través de reuniones con la Junta de Andalucía.

Sin embargo y pese a estos avances, tal y como ya recogíamos en nuestro Informe Anual de 2022, consideramos necesaria, entre otras medidas autonómicas, una estrategia regional para abordar la eliminación de los asentamientos que respetando la autonomía local contemple medidas en las que participen y se comprometan todos los agentes implicados (administraciones, tercer sector, empresarial, migrantes) tanto en la implementación y ejecución de las mismas como en su seguimiento.

Una cuestión que está siendo abordada por la Dirección General de Políticas Migratorias que está trabajando con los distintos actores implicados en esta realidad para elaborar el primer Plan Estratégico para la erradicación de los asentamientos informales e infraviviendas e inclusión social de las personas residentes en zonas agrícolas de Andalucía conformadas por población migrante (Easen).

En este escenario, el papel de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz como garante de derechos de la ciudadanía debe continuar en su tarea de supervisión de las actuaciones de las distintas administraciones implicadas, velando por los derechos de la población migrante. Junto a ello, es imprescindible que muchas de sus acciones se aborden desde la mediación e intermediación cuando sea necesario para promover y favorecer soluciones participadas entre todos y sostenibles en el tiempo con un papel activo como articulador e impulsor de los derechos de estas minorías.

 

En el contexto del seguimiento que se hace de las actuaciones puestas en marcha por el municipio de Nijar se nos informaba sobre las medidas de provisión de alojamientos para residentes en asentamientos segregados y/o barrios altamente vulnerables, como consecuencia de la Covid-19, así como del estudio realizado por la Universidad de Granada en el que se analizaban las posibilidades e instrumentos para la viabilidad de la edificación y funcionamiento de de dotación habitacionales dirigids a trabajadores inmigrantes en las explotaciones agrícolas del campo de Nijar.

 

En el mes de enero de 2023 tuvimos conocimiento del desalojo del asentamientos del Walili. Tras las numerosas quejas recibidas de entidades y asociaciones, tanto nacionales como europeas, poniendo en evidencia tanto la falta de medios para abordarlo como la idonoidad de los realojos ofrecidos, solicitamos información a su ayuntamiento, tanto en lo referido a los expedientes instruidos en beneficio de los derechos de las personas como de los recursos públicos arbitrados. De la documentación remitida se daba cuenta de las diferentes resoluciones dictadas que fueron avaladas en sede judicial. También de los apoyos facilitados a las personas residentes y la ejecución de un dispositivo dotacinal de 162 unidades de alojamiento de transitorio protegido, que se estaban ejecutando con cargo a la financiación del Plan Vive 2020-2030, y que al no estar concluido a la fecha del desalojo se tuvieron que arbitraron medidas provisionales hasta tener ultimados los traḿites que posibibilitaran su adjudicación.

 

En la posterior visita que se realizó desde esta Defensoría en el mes de febrero del mismo año a los dispositivos habilitados para dar cobertura al desalojo, se pudo comprobar la provisionalidad con la que se abordó esta actuación así como el estado de ejecución del alojamiento previsto antes mencionado, que según nos informaron se tenía previsto adjudicar unos meses más tarde.

 

En febrero de 2024, tuvimos conocimiento a través de los medios de comunicación que La Mesa del Tercer Sector de Níjar había "criticado el desalojo y la demolición en las últimas horas de un asentamiento de infraviviendas por parte del Ayuntamiento "sin que haya habido coordinación" con las entidades sociales y ha lamentado que la actuación haya dejado "sin solución habitacional digna a 25 personas". Manifestaban desconocer los motivos por los que el Ayuntamiento había decidido realizar el desalojo en esos momentos, cuando la alternativa propuesta para el desalojo anterior en Los Grillos, aún no está lista para ser habitada". Las Entidades señalaban "que "la nueva falta de planificación" para llevar a cabo el desalojo, que se ha producido en el asentamiento ubicado en la Avenida de la Constitución con "palas excavadoras", ha hecho que haya sido "necesario de nuevo recurrir a la fórmula de realojo provisional".

 

Por su parte constaba que el Ayuntamiento había ofrecido un "realojo provisional" en un módulo prefabricado colectivo a 17 de las personas que residían en este asentamiento, mientras que los otros ocho moradores se han desplazado a otros poblados de infraviviendas. Una cuestión que ha sido alertada por esta Defensoría en los Informe Anuales presentado al Parlamento de Andalucía, en los que, año tras año, se hacía constar que sin una estrategia a nivel local e incluso a nivel territorial no se avanzará en la eliminación de esta realidad, dado que lo único que se conseguirá es quitar chabolas de un territorio para ponerlas en otro, un gasto de presupuesto público que no va a redundar en la mejora en ninguno de los agentes destinatarios y en especial en las personas residentes.

 

El pasado més de mayo de 2024 volvimos a visitar algunos de los asentamientos de Nijar, así como los recursos puestos a disposición de las personas desalojadas el año anterior, pudiendo constatar que ante la falta de medidas, la mayor parte de ellas, habían vuelto a otros asentamientos. Que las pocas personas que quedaban, no más de una veintena, estaban alojados en las viviendas denominadas de Esperanza Pertusa, en un régimen de control propio de un sistema de vigilancia más que de un recurso residencial, aún siendo provisional. Y que casi 18 meses despuésdel desalojo, sigue sin entregarse las unidades habitacionales construidas por el Ayuntamientos antes mencionadas, desconociendo esta Defensoría las causas de la demora.

 

Por su parte las entidades que conforman la Mesa del Tercer Sector de Nijar, nos hicieron partícipes del documento enviado a su Ayuntamientos en los primeros meses de este año, sobre la "búsqueda de alternativas para la erradicación de asentamientos a través de una intervencipon psicosocial". En el mismo se realizaba una propuesta consensuada basada en los derechos que asisten a las personas residentes, teniendo en cuenta "el desarrollo de las capacidades y potencialidades de cada uno de los agentes intervinientes (población, Tercer Sector, Adminsitración Local etc)", sin que nos constan los avances en este sentido.

 

Conforme lo expuesto se apertura actuación de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante el Ayuntamiento de Nijar en Almería con la finalidad de documentar y conocer las actuaciones para hacer realidad la eliminación del chabolismo, cronificado durante años, y con ello la dignificación de las condiciones de vida de las personas residentes.

 

Así, entre otras cuestiones, se le ha solicitado al Ayuntamiento de Nijar, información acerca de las actuaciones encaminadas a documentar el diagnóstico sobre el número de personas objeto de la actuación; los procedimientos administrativos y protocolos para garantizar los derechos inherentes a las personas residentes objeto de intervención; las actuaciones previstas para procurar el realojamiento de estas personas y evitar nuevas conformaciones de asentamientos chabolistas durante y tras la erradicación de las existentes; además de las dificultades detectadas en la implementación de su Plan de Erradicación, en el caso en el que lo hubiera.

 

Relacionado con esta realidad, interesa igualmente a esta Defensoría el análisis del parque residencial privado, a los efectos de dar cobertura a las necesidades de vivienda de los distintos perfiles solicitantes, entre los que se incluyen quienes están residiendo en los asentamientos.

Y por último, dada la importancia del empadronamiento para las personas residentes en los asentamientos chabolistas de estos municipios, se les ha requerido los criterios utilizados ante las solicitudes presentadas y si dispone de un Plan de Intervención que favorezca la inclusión de las personas migrantes en su municipio.

Siendo la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, una administración necesaria en el abordaje de esta realidad, además de ser quien financia el dispositivo dotacional de 62 unidades de alojamiento de transitorio protegido, que a la fecha e esta actuación se encuentra sin adjudicar con una demora considerable, nos interesa que nos trasladen el estado del expediente en relación a las obligaciones contraídas en la Resolución emitida así como las condiciones que han de cumplir los adjudicatarios de este alojamiento y si se han mantenido contactos periódicos para aportar soluciones a las personas que residen en las chabolas sin condiciones de habitabilidad.

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