Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 25/7386 dirigida a Ayuntamiento de Cartaya, (Huelva)
Tal y como nos pronunciábamos en el Informe Anual 2024, que esta Defensoría presentó recientemente al Parlamento Andaluz, la lucha contra la discriminación es un imperativo ético y moral y señalábamos que se ha podido constatar como los discursos xenófobos y racistas pueden llegar a calar en pueblos con una tradición acogedora, que además necesitan a personas migrantes para el sostén de su economía, revirtiendo este acogimiento pacífico en conductas violentas y de rechazo.
Numerosos estudios de campo nos aportan datos sobre la magnitud y extensión de la discriminación que sufren las personas extranjeras en España por el mero hecho de serlo, repercutiendo esta discriminación en un impacto económico agregado, tal y como se recoge en el informe «Análisis del impacto económico de la discriminación y la desigualdad entre la población autóctona y la extranjera residente en España»
Siendo la gestión de la diversidad uno de los principales objetivos de nuestros pueblos y ciudades, traemos a colación el informe del Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, Mutuma Ruteere, presentado de conformidad con la resolución 67/155 de la Asamblea General y referido a la visita realizada en los días comprendidos entre el 21 al 28 de enero de 2013 a las ciudades de Melilla, Ceuta, Almería y Barcelona.
Una visita realizada en un momento de crisis económica que puso de manifiesto la aparición del discurso de odio y xenófobo entre dirigentes políticos, así como “la propagación de prejuicios raciales y estereotipos negativos por parte de los medios de comunicación”
El Relator recomendaba en su informe “que los Estados Miembros revisen y reformulen las políticas y los programas que puedan tener un efecto desproporcionado sobre las minorías raciales o étnicas en vista de su vulnerabilidad socioeconómica y adopten medidas eficaces para mejorar el acceso de esos grupos a los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales”
Año tras año, a través de los medios de comunicación venimos conociendo situaciones donde se evidencian estos discursos en el que asocia el fenómeno migratorio con un aumento de la inseguridad, emitidos unas veces por personas particulares, plataformas ciudadanas e incluso por representantes políticos.
Es el caso de las recientes manifestaciones emitidas por el Alcalde de Cartaya (Huelva) los pasados días 20 y 24 de junio a través de las redes sociales, en las que como edil, y por tanto máximo representante de su municipio, lamentablemente mantenía un discurso en el que equipara la falta de documentación de las personas extranjeras a la delincuencia, acusando a una “emigración ilegal” de poseer cuchillos, y utensilios varios que les atribuye ser armas que utilizan para amenazar a los ciudadanos de Cartaya.
En sus intervenciones asevera que la inmigración ilegal viene a delinquir y a saturar la sanidad y la educación (..) y que en su localidad el 80% de los hechos delictivos son protagonizados por personas de origen extranjero en situación irregular. Unos hechos que, según se expone por la Subdelegada de Gobierno de Huelva, “carece de todo rigor basado en un dato incierto que para nada está avalado en modo alguno con la realidad y con la estadística delincuencial y tasa de criminalidad de dicho municipio”
A juicio de esta Defensoría, esta identificación de “una pluralidad indeterminada de personas” con la delincuencia pudiera incitar a la población de su municipio a actos y manifestaciones que alteraran la convivencia.
Un comportamiento contrario al que le corresponde como responsable público, dado que es su deber adoptar medidas de acción positiva que impulsen políticas de fomento de la igualdad de trato y no discriminación real y efectiva en las relaciones entre las personas que residen en su municipio. Máxime teniendo en cuenta de que tiene instrumentos suficientes dentro del ordenamiento jurídico que le compete para denunciar los casos a los que hace referencia, sin necesidad de identificar delincuencia con inmigración ilegal y, sobre todo, sin hacerlo públicamente con una conducta y puesta en escena a través de las redes, que puede promover, aunque sea de manera indirecta, a la hostilidad hacia un grupo determinado al que criminaliza por el mero hecho de su situación de irregularidad administrativa
Hemos de tener en cuenta que Cartaya es un municipio, que según datos aportados por el SIMA (Sistema de Información Multiterritorial de Andalucía) tiene una población de 21.423 habitantes, cuyo sistema económico se sustenta en sectores relacionados con el turismo y la industria agroalimentaria. Sectores que requieren de una mano de obra extranjera al no disponer de trabajadores/as suficientes en el mercado laboral y que son a su vez los que propician que numerosas personas que buscan trabajo acudan a su municipio en busca de estas oportunidades.
Según datos publicados por el INE procedentes del padrón municipal de 2022 el 34.67% (7.182) de los habitantes empadronados en el Municipio de Cartaya han nacido en dicho municipio, el 43.08% han emigrado a Cartaya desde diferentes lugares de España, el 31.52% (6.531) desde otros municipios de la provincia de Huelva, el 6.96% (1.442) desde otras provincias de la comunidad de Andalucía, el 4.59% (951) desde otras comunidades autónomas y el 22.26% (4.611) han emigrado a Cartaya desde otros países. Personas que proceden en su mayoría de África (2.424), siendo minoritarios quienes han nacido en América (319), en Asia (63) o en Oceanía (3). Se desconoce si las personas que manifiesta el alcalde que carecen de documentación han sido empadronados, conforme los derechos que les corresponde en la normativa en vigor.
Respecto a la gestión del Padrón de Habitantes, es necesario tener en cuenta que el art. 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en adelante LBRL, establece que “toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente”.
Una obligación que se corresponde con la regulada en el artículo 17 del mismo cuerpo normativo que establece que “los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad”. Por lo tanto ha de ser un correlativo que frente a una obligación de las personas exista otra de la administración de proceder al empadronamiento, siempre que se documente que efectivamente se reside en el domicilio indicado.
Es la inscripción padronal la que otorga a la persona interesada la condición de vecindad administrativa, y es requisito de acceso a derechos como la sanidad, la educación o las prestaciones sociales.
Son muchas los pronunciamientos y acuerdos internacionales, nacionales, autonómicos y locales que tienen como objetivo contribuir a hacer de la sociedad española un ejemplo de sociedad cohesionada, inclusiva, diversa y justa, que genera riqueza, empleo y desarrollo, donde no haya cabida para el racismo, la xenofobia y la intolerancia. Un ejemplo de ello lo encontramos en el Marco Estratégico de Ciudadanía, Inclusión contra el racismo y la xenofobia 2023-2027, del Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia.
Un documento programático anclado en las líneas estratégicas de la la Unión Europea que ha abordado el nuevo Plan de Acción en materia de Integración e Inclusión para 2021-2027, como parte de una respuesta global a los retos vinculados a la migración que requiere contar con políticas de integración eficaces para la construcción de sociedades inclusivas y cohesionadas.
La Comunidad Autónoma Andaluza no es ajena a este compromiso, dado que desde hace ya décadas somos una región receptora de una emigración que además de ser necesaria para nuestra economía local, contribuye a enriquecernos como sociedad.
Así, la Estrategia Andaluza para la Inmigración 2021-2025, “tiene como finalidad ser el instrumento general de planificación de la Comunidad Autónoma de Andalucía para las políticas que promueven la integración social de las personas migrantes, y solicitantes y beneficiarias de protección internacional, pretendiendo desarrollar y fomentar la interacción entre las políticas claves que promueven su integración social y la promoción y fortalecimiento de una sociedad integradora y de convivencia intercultural”.
Entre sus objetivos generales se encuentran “impulsar la coordinación en la gestión de las políticas públicas de la Junta de Andalucía dirigidas a la inclusión social de la población migrante en Andalucía, ...avanzando en la cooperación entre los poderes públicos y los agentes sociales implicados”, “mejorar la respuesta de los servicios públicos y su impacto en la calidad de vida y niveles de integración de la población migrante en Andalucía” y “establecer una estrategia de sensibilización y comunicación sobre las migraciones que fomenten el principio de igualdad de oportunidades y de trato, rechazando toda forma de racismo y xenofobia, trabajando la visibilidad social de las personas migrantes y refugiadas con la carga positiva del enriquecimiento que supone la diversidad cultural”
De su contenido destacamos algunos de sus objetivos específicos como son los orientados a “generar entornos inclusivos que fomenten la convivencia intercultural desde el respeto a la diversidad, especialmente en el ámbito educativo, local y comunitario”, así como “prevenir y luchar contra el racismo, la xenofobia y otras formas de intolerancia”
Para su implementación la Estrategia se articula en base al concepto de “gobernanza multinivel” que implica la coordinación y participación de los diversos actores que, de una manera u otra, desempeñan un papel en el desarrollo de las políticas de integración en Andalucía, cada uno en el marco de sus responsabilidades y competencias.
Se concreta esta gobernanza en la coordinación entre las Administraciones Públicas en los diferentes niveles competenciales, considerando “esencial el rol de las Entidades Locales como puerta de entrada al sistema de protección social, motores de la construcción de la convivencia intercultural y en el fomento de las relaciones de vecindad, así como en facilitar procesos de participación desde lo local”.
Ese destacado papel de Gobernanza que la Estrategia otorga a los Ayuntamientos viene amparado, entre otros cuerpos legales, como es la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Se prevé en el artículo 2 el ámbito subjetivo de aplicación, reconociendo “el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal. Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Unas obligaciones que serán de aplicación al sector público, entre el que se encuentra el Ayuntamiento de Cartaya como administración local.
Recoge también este cuerpo legal en su artículo 8 que es “discriminatoria toda inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia por cualquiera de las causas establecidas en esta ley”.
Una igualdad de trato que se ha de dar en los distintos ámbitos de la vida, dedicando la Ley un articulado referido a la política, económica, cultural y social, reconociéndose el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación, la atención sanitaria, la prestación de los servicios sociales, en la oferta al público de bienes y servicios, en el ámbito de la seguridad ciudadana, y en la admisión en los establecimientos y espacios abiertos al público. Destacar el papel de los medios de comunicación social y publicidad, internet y redes sociales, regulado en su art. 22.
Desde esta Defensoría somos conocedores de la realidad de aquellos municipios en los que, por la presencia de cultivos intensivos de fresas y frutos rojos, se concentran temporeros/as, que bien acuden a los mismos para atender los picos de campaña o bien deciden instalarse en los mismos, y que por lo tanto demandan servicios y precisan acompañamiento de la Administración. Municipios en los que residen un buen número de personas de origen extranjero, tanto con documentación que les permite residir y trabajar en nuestro país, como otras en que carecen de ella, pudiendo acogerse a cualquiera de los supuestos previstos para alcanzar su regularización previstos en la normativa.
Así, a través de distintas actuaciones, hemos mantenido reuniones de trabajo y seguimiento del abordaje de esta realidad con responsables políticos y técnicos de municipios como Lucena del Puerto, Lepe, Moguer o con la Diputación Provincial de Huelva, en las que hemos tenido conocimiento de las medidas implementadas por estas Corporaciones para facilitar la atención a estas personas y adaptar sus servicios a su nueva realidad.
Considerando que el municipio de Cartaya tiene una larga trayectoria en la atención y recepción de mano de obra extranjera, que en un principio fluctuaba en sintonía con las campañas pero que desde hace años tiene intención de permanencia y que se ha establecido en su localidad como nuevos miembros y vecinos de la sociedad cartayera, tras lo expuesto, al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, se apertura queja de oficio, a fin de conocer las medidas y programas previstos por el Ayuntamiento de Cartaya orientados a la integración e inclusión de la población migrante, evitando situaciones discriminatorias, así como la gestión del padrón de habitantes en relación a aquellas personas de origen extranjero que carezcan de autorización administrativa (documentación admitida para acreditar su identidad) y en lo referente al empadronamiento ficticio, de quien dice pernoctar en la calle y carecen de soluciones habitacionales.
Igualmente se le requerirá que nos informe sobre el número de personas que carecen de una solución residencial y las solicitudes de subvención para la construcción de algún tipo de equipamiento que de respuesta a esta demanda, o está gestionando alguno ya concluido.
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