El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Recibe la ayuda al alquiler

Queja número 21/2272

La persona interesada manifestaba que se encontraba en situación de precariedad económica, por lo que no podía hacer frente por sí misma a sus gastos básicos. Por esta razón solicitó a través de los servicios sociales comunitarios de Armilla la ayuda, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables. No obstante, refería que le habían indicado que "Armilla no tiene derecho a dicha ayuda".

Admitida la queja a trámite solicitamos del Ayuntamiento de Armilla información sobre la ayuda solicitada, así como sobre las medidas que se pudieran adoptar para paliar la situación de la persona reclamante.

Según la respuesta municipal, aquélla no fue beneficiaria de la ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, al no haber alcanzado el presupuesto a las solicitudes presentadas en la fecha en la que se registró la solicitud por los servicios sociales.

Con independencia de lo anterior, ante la difícil situación en que se encontraba, adeudando ya nueve meses de alquiler al propietario de la vivienda en la que residía, nos dirigimos nuevamente al Ayuntamiento solicitando información sobre la atención social que se le viniera prestando y ayudas o recursos públicos a los que pudiera acceder para paliar su precaria situación.

La información recibida contenía una relación de las diversas actuaciones realizadas (ayudas económicas en especie, elaboración de informes, tramitaciones y contactos con organismos sobre solicitudes varias, …) y que continuaba con intervención abierta, por lo que se preveía que se continuaran realizando actuaciones desde los servicios sociales. De lo informado dimos traslado a la persona reclamante para que formulara las alegaciones que estimara oportunas y para que nos indicara si había solicitado a los servicios sociales alguna ayuda puntual para el pago de las deudas del alquiler, así como los ingresos que percibía.

Puesto que ésta nos comunicó que ya estaba percibiendo la ayuda al alquiler, motivo de la presente queja, dimos por concluidas nuestras actuaciones al encontrarse solucionado el asunto planteado.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía