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Recuperan unas parcelas públicas para la actividad prevista originariamente

Queja número 23/1523

El Ayuntamiento de Humilladero nos informa de las actuaciones administrativas puestas en marcha para revertir la adjudicación de unas parcelas públicas en las que se iba a implantar una actividad aparentemente distinta a la prevista originalmente y que había provocado el rechazo de una plataforma compuesta por personas residentes en varios municipios que podrían verse afectados por tal actividad.

Recibimos escrito de una plataforma ciudadana conformada por vecinos y vecinas de las localidades de Humilladero, Antequera, Alameda, Fuente de Piedra, Los Carvajales y Mollina, trasladándonos su preocupación “por el proyecto de implantación de una gran planta de incineración de residuos en el término municipal de Humilladero”, y que afectaría a todos los municipios citados anteriormente.

La ubicación elegida sería el Polígono Industrial “Royán Bermudo”, en Humilladero, en una parcela en su momento del patrimonio municipal del suelo subastada, situada “a escasos 1,2 km de Fuente de Piedra y de la Reserva Natural de la Laguna de Fuente de Piedra, la mayor reserva de flamencos del Sur de Europa. A 1,5 km del núcleo urbano de Humilladero, a 4,5 km de la pedanía de Los Carvajales y de Mollina. A la Vega de Antequera unos 10 km, espacio agrícola esencial para la economía de la comarca así como a 14,5 km de Antequera conjunto histórico artístico de excepción contando además con el sitio Dólmenes, declarado patrimonio mundial por la Unesco”.

La actividad en cuestión, según se nos decía, pretendía “incinerar basuras de todo tipo, incluyendo residuos sanitarios biológicos peligrosos, aceites desnaturalizados de la industria, productos químicos de deshecho y un largo etcétera hasta completar las 140.000 TM/año para conseguir sus objetivos de viabilidad económica”.

Consideraba esta plataforma que se trataba de una actividad muy perjudicial para la salud de las personas y que también afectaría al medio ambiente más próximo, acuíferos, humedales y suelos agrícolas, dando lugar a una pérdida absoluta de la calidad de vida y del desarrollo rural de la zona, pérdida de valor de las propiedades inmobiliarias, depreciación de los productos agrícolas, ganaderos, etc.

Esta Plataforma, constituida como asociación sin ánimo de lucro, había planteado ya esta problemática en los ayuntamientos de todos los municipios afectados, además de buscar apoyos políticos en otros ámbitos.

Entre los documentos que nos aportaba esta Plataforma se encontraban mociones de rechazo a esta instalación en los plenos municipales de Mollina, Alameda y del propio Humilladero. Nos aportaban también la memoria de la actividad, en la cual se denominaba como “planta de valorización y coincineración sostenible y autosuficiente”.

Asimismo, en cuanto al Ayuntamiento de Humilladero, nos aportaban también un informe jurídico en el que se concluía la existencia de presuntas irregularidades sobre la composición de la mesa que tramitó la subasta de la parcela donde se ubicaría esta actividad y sobre presuntos incumplimientos de los pliegos en cuanto a los fines recogidos en el instrumento urbanístico de aplicación y las obligaciones a cumplir.

Esta Institución recibió a los representantes de la Plataforma promotora de esta queja, para conocer de primera mano las razones de su rechazo, y en la reunión mantenida nos trasladaron que el Ayuntamiento ya estaría valorando, en atención al informe jurídico antes citado, qué mecanismo jurídico poner en marcha para impedir esta actividad o para revertir la adjudicación de la parcela.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Humilladero para interesarnos por los trámites que, en su caso, se hubieran puesto en marcha para dar cabida a la preocupación que mostraba la Plataforma.

En respuesta a nuestra solicitud recibimos informe mediante el cual nos trasladaba el Alcalde que el nuevo equipo de gobierno municipal surgido tras las últimas elecciones municipales, venía manteniendo contactos con la Plataforma, informándole y dando cumplida cuenta de las actuaciones de carácter administrativo que se estaban llevando a cabo en orden a revertir la enajenación de los terrenos municipales mediante subasta en los cuales se implantaría la actividad de incineración de residuos. Todo ello, se indicaba, sobre la base de los informes jurídicos y técnicos que obraban en el expediente que señalaban presuntas irregularidades, tanto en el procedimiento de adjudicación, como luego después en las obligaciones derivadas del cumplimiento de las cláusulas administrativas particulares por las que se regía dicho procedimiento.

A tal efecto, nos aportaban propuesta de resolución de Alcaldía al Pleno del Ayuntamiento de Humilladero, aprobada y ratificada en el Pleno Municipal celebrado el 27 de julio de 2023, mediante el cual se desestimaban las alegaciones y el recurso de reposición formulado por la empresa adjudicataria de las parcelas donde se ubicaría la actividad objeto de queja.

En la citada propuesta, se acordaba dar por caducado el plazo de tres meses en los que el adjudicatario de las parcelas debió haber presentado diversa documentación y/o haber optado por una determinada elección, conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de la subasta, advirtiendo que no operaba el silencio administrativo sin que cupiese posibilidad de ampliación del plazo.

Esto determinaba que fuera de aplicación la cláusula quinta del citado Pliego, por el incumplimiento del plazo, es decir, la previsión de resolución del contrato adjudicado, por lo que se declaró resuelto el contrato por su incumplimiento, concediendo no obstante a la entidad adjudicataria el plazo de un mes para alegaciones.

A la vista de lo informado y acordado por el Pleno municipal, consideramos que se habían activado los trámites que, llegado el caso y previa la cumplimentación del procedimiento, pudiera concluir con las medidas que, en último término, evitasen la implantación en esos terrenos municipales subastados de la planta de incineración de residuos en el término municipal de Humilladero.

Llegados a este punto y estando abierto y en curso un procedimiento administrativo en línea con lo pretendido por la Plataforma, entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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