Queja número 21/0286
Comparecía en esta Institución una vecina de Sevilla, mediante escrito en el que exponía que durante un largo periodo de tiempo le habían estado facturando Endesa y Naturgy simultáneamente a causa de una duplicidad de CUPS.
Al no saber cuál de ambas entidades era su comercializadora, se había visto obligada a pagar doblemente la luz, pues no podía rechazar ninguna de las facturas por miedo a un corte en el suministro, “según amenazas expresas y coincidentes de ambas entidades”.
Después de muchísimas visitas presenciales, llamadas y reclamaciones, descubre que el contador del CUPS correspondiente al contrato con Endesa es digital y su contador no lo es, es antiquísimo y no funciona. Este hecho explicaría por qué la factura de Naturgy era estimativa.
Ante dicho descubrimiento, vuelve a hacer otra reclamación a Endesa y envía la foto de su contador. Consigue que envíen un operario a la vivienda, haciendo foto de la casa y contador.
Después de múltiples llamadas, descubre que el CUPS del contrato con Endesa pertenece a otra dirección que no coincide con la suya. Existe una confusión que implica, por un lado, que estaba pagando el suministro de un contador que no es suyo y, por otro lado, que hay una persona, consciente o inconsciente, a quien le está pagando su luz.
En tales llamadas se le habría afirmado que su comercializadora era Naturgy, que había existido una confusión y que se procedería a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
Endesa reconoció el error porque según le informaron sus empleados, finalmente le habían dado de baja de ese CUPS, aunque le siguieron mandando las facturas. Al estar en plazo de devolución y dado que estaba claro que su comercializadora era Naturgy, ordenó la devolución de dos. Seguidamente empieza a ser requerida por una empresa de abogados de Endesa, para reclamarle su importe.
Tras presentar reclamación para la devolución de cantidades indebidamente facturadas por un CUPS que no correspondería a su domicilio, se le rechazaba alegando que correspondía al contrato realizado.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la compañía Endesa que nos indicó que, según la información de su sistema, la interesada solicitó un cambio de comercializadora con cambio de titular de su contrato de suministro, realizándose dicha modificación contractual sobre un CUPS erróneo. Esto provoca que se le hayan cargado las facturas de dos suministros. En consecuencia, se procedía a la devolución de los importes de las facturas abonadas por la interesada, que no corresponden a su suministro, a su cuenta bancaria.
Entendimos que el problema se había solucionado y procedimos al archivo del expediente de queja.
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