Queja número 20/3202
Se recibe en la Institución escrito de un recluso exponiendo que tenía embargada una prestación que venía percibiendo pero, pese a haberlo requerido, su entidad financiera no le informaba por escrito qué entidad u organismo habría ordenado dicho embargo.
Las comunicaciones de su entidad financiera se estarían remitiendo a un domicilio en el que no se encuentra ni tiene posibilidad de recoger el correo. No ha podido presentar reclamación al Servicio de Atención al Cliente al no existir canal telefónico.
Solicitaba que le remitieran al centro penitenciario un extracto de su cuenta corriente, donde consten los movimientos efectuados y el embargo realizado, y en el que se identificase el organismo ordenante.
Considerando las circunstancias particulares planteadas por la parte afectada, entendimos oportuno apelar a la colaboración de la entidad financiera para tratar de localizar una solución consensuada a este asunto.
En contestación a nuestra petición de colaboración, Caja Rural del Sur nos trasladó que en octubre de 2020 se había procedido al envío de la documentación solicitada.
A la vista de dicha información, entendimos que el asunto estaba solucionado, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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