Queja número 19/4484
La persona interesada exponía que el 15 de junio de 2019 puso en conocimiento de la Delegación de Urbanismo, que un local tenía pintada la fachada completamente de azul, color que contravenía la normativa de PGOU de la zona en la que estaba situado. Ese mismo escrito lo presentó con fecha 1 de agosto de 2019, pero la fachada continuaba del mismo color, y sus escritos sin contestación.
Admitida la queja a trámite, únicamente a los efectos de que por la Administración se diera una respuesta expresa, es decir, sin entrar en el fondo de las cuestiones que la persona interesada planteó interesamos de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla la necesidad de resolver expresamente, sin más dilaciones, dichos escritos, informándonos al respecto.
En el informe del Servicio de Licencias e Inspección Urbanística que se nos adjuntó a la respuesta municipal se señalaba que existía un expediente de legalización de obras en el que se había requerido que el promotor llevara a cabo determinadas actuaciones para ajustarse a la licencia concedida, añadiendo que se estaba a la espera de lo que resultara de este expediente para resolver a su vez lo que procediera en el expediente de infracciones urbanísticas.
De acuerdo con ello, solicitamos que se nos mantuviera informados de las resoluciones que, finalmente, se adoptaran en ambos expedientes, esperando que se impulsaran ambos con eficacia de forma que se viera restaurada la legalidad urbanística a la mayor brevedad posible.
En el informe recibido se indicaba que la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y M.A. había dictado resolución en fecha 30/07/2020, ordenando la inmediata paralización de las obras y la suspensión del uso del edificio como restaurante, se iniciaba procedimiento administrativo para la restitución de la realidad física alterada (incluyendo, entre otras medidas la eliminación de la pintura azul de la fachada objeto de la queja de la persona reclamante) y además se requería la legalización de las obras que pudieran ser autorizables.
Deduciéndose que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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