Queja número 21/4524
Tras nuestra intervención, el Ayuntamiento de Constantina realiza consulta a la OCA Sierra Norte y decide la retirada de un rebaño de ovejas en una finca rústica colindante a vivienda del núcleo urbano, que estaba generando problemas de salubridad y ruidos a una familia.
Una vecina del municipio de Constantina nos enviaba escrito de queja donde nos trasladaba que su casa linda con una finca rústica dentro del núcleo urbano y que desde hacía varios años, desde principios de junio hasta finales de septiembre, "los dueños de la finca introducen un rebaño de ovejas para desbrozar el terreno (...). Durante todos estos meses aguantamos insectos, polvo, hedor y balidos de día y de noche.
Nos contaba que habían intentado: “por todos los medios que se lleven las ovejas de allí o que las separen todo lo posible de la vivienda, pero lo único que hemos conseguido es que pongan una valla a 8 metros de distancia, que es completamente insuficiente”.
Relataba también que: “los dueños de las ovejas piden autorización a la OCA para llevar las ovejas a esta finca, la OCA contacta con mi Ayuntamiento para ver si existe algún inconveniente y si el Ayuntamiento dice que no existe, emite la autorización para que puedan pastar las ovejas allí”.
Agregaba que en 2018: “tras llevar un año padeciendo este problema, acudimos a la Sra. Alcaldesa Eva Castillo, quien, tras comprobar todas las circunstancias, respaldadas por una inspección sanitaria, emitió un informe comprometiéndose a no volver a prestar su consentimiento para llevar a cabo este tipo de actividad. Informe emitido desde el Ayuntamiento de Constantina. Estuvimos tranquilos hasta que cambió el equipo de gobierno y el Alcalde.”
Al parecer: “el nuevo Alcalde, Rubén Rivera, invalidó este compromiso que había adquirido el Ayuntamiento con nosotros y volvieron a meter las ovejas. Desde entonces llevamos batallando con este asunto, hemos acudido a la Inspección de Sanidad, hemos presentado varios escritos al ayuntamiento apelando a la Ley del Ruido, apelando a la salubridad, a nuestra salud mental pero el Ayuntamiento ni siquiera se molesta en respondernos. Solo obtuvimos la colocación de la valla de alambre que separa las ovejas de mi vivienda y cuando hemos alegado que era insuficiente y que seguíamos exactamente igual, solo hemos obtenido silencio.
El escrito de queja finalizaba indicando que: “Mientras tanto, a principios de este mes, han vuelto a meter el rebaño de ovejas, que crece cada día, el año pasado llegamos a tener hasta 200 animales junto a nuestra casa. ¿Saben ustedes lo que es convivir con eso? Es terrible. Balidos de día y de noche. Estamos condenados a tener las ventanas cerradas, aún así se escuchan los balidos...”.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Constantina para conocer los motivos técnicos que habrían justificado la decisión de condicionar la autorización a la distancia mínima, exactamente, de ocho metros, para que desaparezcan los problemas de salubridad y ruidos que denuncian los afectados. Más si cabe por tratarse de espacio abierto y, por tanto, sin barreras naturales ni artificiales que puedan aislar del ruido, o como poco minimizarlo, ni tampoco que ponga solución a la cuestión de los parásitos, insectos y otras incidencias que suelen venir anejas a un rebaño de tal tamaño, pues se habla de hasta doscientas ovejas.
Al margen de lo anterior y en todo caso, interesábamos del Ayuntamiento que, como poco, se reconsiderase la distancia de ocho metros referida y se valorase la procedencia de ampliarla sustancialmente a fin de garantizar el debido respeto a los derechos de la promotora de la queja y de su familia.
En respuesta, el Ayuntamiento nos informó que, tras nuestra intervención, habían elevado consulta a la OCA Sierra Norte y que, a resultas de la respuesta obtenida, y tras la decisión del Alcalde: "el rebaño de ovejas objeto de conflicto, ha sido retirado por sus propietarios del lugar de pastoreo".
A la vista de ello, entendimos que se había atendido la pretensión principal de la promotora de la queja, solventando el problema con la retirada de los animales, no habiendo ya lugar a dudas con el asunto de la distancia a la vivienda a la que se había autorizado la presencia del rebaño. En consecuencia, dimos por terminada nuestra intervención en este expediente de queja y dictamos su archivo.
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