El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Retiran unos bancos que no cumplían con la anchura exigida para la accesibilidad

Queja número 21/5295

El Ayuntamiento de Peligros retira unos bancos en el acerado que impedían el tránsito por incumplirse el mínimo de anchura exigido en la normativa de accesibilidad, y solucionando con ello, indirectamente, la problemática de ruidos por utilización de esos bancos en horario de descanso con comportamientos incívicos.

Se recibía en esta Institución escrito de un vecino del municipio de Peligros en el que exponía, en esencia, que llevaba desde el año 2015 denunciando en el Ayuntamiento la problemática que le generaban unos bancos y una fuente situados en el acerado frente a su domicilio, "perjudicando nuestra tranquilidad y salud", debido a que "los jóvenes que bajan del cerro después del botellón, pasan a beber agua y de camino ya se quedan en los bancos dando voces; y cuando no son ellos los que se paran son los coches con la música a todo volumen, y así toda la noche, porque los bancos y la fuente se han vuelto parada obligatoria".

Aseguraba que no podía abrir las ventanas porque el ruido era insoportable, que habían tenido discusiones con vecinos por las voces que daban y el poco respeto que en su opinión mostraban hacia el descanso de los demás, hasta el extremo de que "hay vecinos que cenan en los bancos justificando que ellos pueden estar ahí hasta la hora de la noche que quieran, lo cual nos marca la hora de dormir y muchas veces hasta la hora de desperar porque están desde la mañana cogiendo cubos de agua y sino de una furgoneta cargan una gran cantidad de garrafas por la mañana".

Adjuntaba copia de los escritos presentados en el Ayuntamiento en diciembre de 2017, enero de 2018 y el último presentado en el mes de julio del año 2020, en los que exponía con detalle la grave problemática que venía sufriendo, por ruidos y otras incidencias generados por la ubicación de la fuente y los bancos. A ninguno de estos escritos había tenido respuesta.

Según pudimos comprobar, la disposición de estos bancos en el lugar donde se encontraban, no sólo podían dar lugar a la generación de esos ruidos, derivados de usos incívicos o en horas (protegidas a efectos de ruidos, o de descanso) en que no deberían utilizarse ni los bancos ni la fuente, fundamentalmente por la cercanía a la vivienda; es que además, parecía que impedían el normal tránsito por el acerado, pudiéndose incumplir la normativa de accesibilidad del Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

El artículo 48 de este Decreto establece en su apartado 1 que cualquier elemento de mobiliario urbano que se instale de forma fija o eventual en los espacios libres de uso público, «se dispondrá de forma que no interfiera la accesibilidad»; mientras que el artículo 56 a) señala que los bancos «Se situarán en lugares resguardados del flujo de circulación peatonal, a lo largo de paseos y sendas y lo más cerca posible a los accesos y zonas de recreo».

Entendíamos que convendría además esclarecer si el acerado, con esos bancos, respetaba la anchura mínima prevista en el referido Decreto 293/2009, pues no parecía que con estos elementos se permitiera el tránsito y la accesibilidad a personas con movilidad reducida o discapacidad, puesto que además de los tres bancos, parece que había una farola y tres árboles con sus correspondientes alcorques. Habría que determinar si por delante o por detrás de los bancos se podía transitar con el mínimo de anchura establecido en la normativa, y en este sentido, el artículo 15 del Decreto señala [apartado a), primer párrafo) que:

«Los itinerarios peatonales accesibles públicos y privados, de uso comunitario, de utilización y concurrencia pública se diseñaran de forma que sus trazados, dimensiones, dotaciones y calidades de terminación permitan el uso y circulación, de forma autónoma y en condiciones de seguridad, a las personas con discapacidad, a cuyos efectos cumplirán las siguientes condiciones:

a) El ancho mínimo libre de obstáculos será de 1,50 metros de manera que se garantice el paso, el cruce y el giro o cambio de dirección, de personas, independientemente de sus características o modo de desplazamiento. En el caso de que en viales existentes no sea posible, se resolverá mediante plataforma única en la que quede perfectamente diferenciada en el pavimento la zona preferente peatonal, así como la señalización vertical de aviso a los vehículos».

En consecuencia con lo expuesto anteriormente, admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Peligros para interesar la emisión de informe técnico por el arquitecto municipal en el que se pronunciase sobre si el tramo de acerado donde se encuentran los tres bancos objeto de queja, cumplía o no la normativa de accesibilidad y tránsito libre del citado Decreto 293/2009.

Asimismo, pedíamos que, de llegarse a la conclusión de que ese tramo, por esos tres bancos -en relación con la farola y los tres árboles y sus alcorques- no cumplían el Decreto, se adoptasen las medidas oportunas y se procediera a la retirada de los bancos.

Por otra parte, para el caso de que se cumpliera el Decreto 293/2009, interesábamos que se nos informase de qué medidas se tenía previsto adoptar habida cuenta la problemática que venía denunciando el afectado, de ruidos e incidencias por meras cuestiones de civismo, que como se decía en los escritos, estaban provocadas por la ubicación de los bancos. Rogábamos en todo caso se valorase la procedencia de atender la petición de eliminarlos de ese lugar y reubicarlos en otro sitio donde no produzcan esta problemática.

En respuesta a nuestra solicitud de colaboración recibimos informe en el que se pronunciaba el arquitecto técnico municipal de manera muy clara (las mayúsculas, negritas y subrayados, son del propio informe):

"Realizadas las comprobaciones oportunas y medidas las distancias de paso, resulta que NO SE CUMPLEN LAS CONDICIONES MÍNIMAS QUE HAN DE REUNIR LOS ITINERARIOS ACCESIBLES, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, ya que existen elementos que no garantizan un paso mínimo de 0,90 m. en los estrechamientos.

Asimismo, los alcorques no están enrasados con el pavimento circundante, incumpliéndose las condiciones establecidas en el artículo 33 del referido decreto.

En base a lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta que se trata de viales existentes, para cumplir las condiciones mínimas de Accesibilidad en los Espacios y elementos de uso público reguladas en el Capítulo I del Título I "Accesibilidad en las Infraestructuras y el Urbanismo" establecidas en el Decreto 293/2009 se deberán realizar las siguientes actuaciones mínimas:

  • Retirada de los bancos de su ubicación actual y, en su caso, recolocación en zonas que cumplan los requisitos reseñados en el presente informe.

  • Enrasado de los alcorques de árboles con el pavimento circundante, bien mediante relleno con mortero poroso, bien con rejilla de trámex que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 32, siendo la anchura máxima de los huecos del enrejado de 2 cm en ambos sentidos".

Pues bien, pese a la contundencia con la que se pronunciaba el arquitecto técnico municipal en su informe, no se nos decía si se iban a retirar los bancos y a enrasar los alcorques, únicas opciones que cabían para que se cumpla la normativa del Decreto 293/2009.

Es por ello que volvimos a solicitar la colaboración del Ayuntamiento para que, si aún no se había procedido a ello, se diesen las instrucciones oportunas para que se ejecutasen las actuaciones mínimas propuestas por el arquitecto técnico municipal respecto de los bancos objeto de queja, y los alcorques de los árboles.

En respuesta a esta solicitud el Ayuntamiento de Peligros nos informó que: "por parte de los servicios municipales se ha llevado a cabo los trabajos, de retirada de mobiliario bancos y eliminación de posibles barreras arquitectónicas. Y así eliminar posibles molestias de contaminación acústica".

Esta misma información fue confirmada por el promotor de la queja, por lo que el problema objeto en cuestión se había solucionado y procedimos al archivo del expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía