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Retoman su solicitud de ayuda al alquiler de vivienda en cuanto reciban el informe de su vulnerabilidad

Queja número 20/2535

La interesada solicitó la ayuda para el alquiler para familias en situación de especial vulnerabilidad el día 10 de diciembre de 2018, aportando informe acreditativo de encontrarse en esa situación, emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento de su localidad, fechado en mayo del año 2018, de acuerdo con el apartado l) de la base quinta de la Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sin embargo, en los listados publicados aparecía en los solicitantes del cupo general. Al contactar telefónicamente con la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, le indicaron que su expediente estaba paralizado y que precisaban informe de los servicios sociales que acreditara su situación de vulnerabilidad en los años 2019 y 2020, pero al solicitarlos le indicaron que no podían realizarlos sin previo requerimiento del organismo solicitante.

Admitida la queja a trámite solicitamos informe a la citada Delegación Territorial sobre la fecha aproximada en la que podría resolverse y las posibilidades de que resultara beneficiaria la interesada, a los efectos de que pudiera mantener unas expectativas realistas.

En el informe recibido se indicaba que con fecha 15 de junio se había resuelto la solicitud de la interesada, siendo estimada su solicitud de ayudas para el alquiler de viviendas de la convocatoria 2018, 2019 y 2020.

Respecto a que el informe de situación de especial vulnerabilidad que debían emitir los servicios sociales municipales necesitaba del previo requerimiento del organismo solicitante, nos informaron que normalmente los ciudadanos no tenían problema para obtenerlo, habiendo sido aportado en los expedientes de diferentes convocatorias del Programa Alquila.

Entendían que los servicios sociales municipales necesitarían un requerimiento por escrito a la interesada para que aportar el referido informe de vulnerabilidad, por lo que la Delegación Territorial había procedido a requerirlo a la interesada para que una vez lo hubiera recibido lo incorporara a su expediente de ayudas.

A la vista de lo anterior, se deducía que el asunto planteado se encontraba solucionado, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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