Queja número 19/2596
El Ayuntamiento de Utrera, ante la incidencia acústica denunciada por dos personas que tienen su domicilio colindante a un local donde se abrió un gimnasio, declara ineficaz la Declaración Responsable presentada por el titular del gimnasio, y tramita un expediente sancionador resuelto mediante Decreto con la imposición de una sanción económica y la sanción accesoria de prohibición y clausura de la actividad de gimnasio.
En su escrito de queja, el interesado, abogado de otras dos personas, denunciaba que desde julio de 2018 estas personas venían sufriendo en su domicilio de Utrera, Sevilla, una gran incidencia acústica por la actividad de un gimnasio situado en el inmueble contiguo. Al parecer, este gimnasio estaría funcionando, siempre según el abogado, “sin licencia de actividad, ni antes de obras, que también sufrieron. Casi un año después, tras la solicitud de inspecciones de policía y la solicitud del cese de la actividad, insisto SIN LICENCIA, se sigue ejerciendo la actividad, a todas horas, con ruidos insoportables, música con alto volumen, gritos (…) Se ruega de forma urgente la intervención de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, pues en todo caso las consecuencias en la salud de mis representados puede causar daños irreparables dadas sus especiales y agravadas patologías a causa de la falta de descanso y no poder conciliar el sueño, afectado de hipertensión arterial además de estar trasplantado de médula habiendo superado una grave enfermedad, motivos todos por los que Ayuntamiento de Utrera debiera haber velado en su defensa, pero todo lo contrario, permite el ejercicio de una actividad molesta sin licencia alguna”.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al citado ayuntamiento éste, en su respuesta, nos informó que mediante Decreto de Alcaldía de junio de 2019 se había declarado la ineficacia de la Declaración Responsable presentada por el titular del gimnasio, que se había tramitado un expediente sancionador resuelto mediante Decreto de Alcaldía de junio de 2019 con la imposición de una sanción económica y la sanción accesoria de prohibición y clausura de la actividad de gimnasio, aunque parecía que aún no se había notificado este último Decreto de Alcaldía.
Esta información la enviamos al abogado de los afectados, promotor de la queja, a fin de que nos remitiera sus alegaciones pero no recibimos respuesta en el plazo que le dimos, por lo que entendimos que consideraba que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte y procedimos al archivo del expediente de queja.
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