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Sanción para una casa rural que no contaba con licencia

Queja número 14/3393

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Écija inspecciona la actividad denunciada y dicta resolución de inicio de expediente sancionador y de orden de clausura de la actividad de salón de celebraciones y alquiler de casa rural, que no contaba con la preceptiva licencia y que generaba molestias por ruidos a las personas que vivienda en las viviendas colindantes.

El interesado de la queja nos exponía en su escrito que en reiteradas ocasiones había denunciado al Departamento de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Écija (Sevilla) la realización de diversas actividades de ocio en un inmueble colindante a su vivienda. En concreto, el inmueble objeto de la denuncia era utilizado, siempre según el interesado, para la celebración de diversos eventos tales como comuniones, fiestas de despedida de solteros, etc., previo alquiler por parte de su propietario. En este sentido, según la queja, se trataba de celebraciones que se desarrollaban en un inmueble que no contaba con la preceptiva autorización para este tipo de celebraciones ni, por tanto, con medidas de ningún tipo para ruidos e impactos, dando lugar con ello a molestias a los vecinos colindantes, como el propio promotor de esta queja.

Nos constaba que se habían presentado escritos de denuncia ante la Agencia Tributaria y ante el Ayuntamiento de Écija en diversas fechas desde Agosto de 2012 pero, a pesar de estas denuncias, la actividad continuaba desarrollándose, de lo que se desprendía que el Ayuntamiento, en principio, no había llevado a cabo sus competencias en materia de control, disciplina y sanción de actividades, para impedirla.

Tras dirigirnos al Ayuntamiento de Écija, éste nos informó que se había incoado expediente administrativo sancionador y se había ordenado el cese de la actividad al haberse comprobado que se desarrollaba sin autorización, ni declaración responsable, la actividad de salón de celebraciones y alquiler de casa rural, por lo que entendimos que el Ayuntamiento había atendido las denuncias del interesado, como afectado por esta situación, y había actuado, con lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones, aunque instamos al Ayuntamiento a que tramitara el expediente con el impulso exigible y prestara la máxima atención a que el titular de la actividad no autorizada cumpliera con la orden de cese voluntario dictada, para que, en caso contrario, se actuara en consecuencia y con todos los medios que en derecho procedan.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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