Queja número 12/6391
Se elabora un Procedimiento de comunicación de hallazgos radiológicos no esperados.
La interesada comparecía en representación de su hermana, paciente que acudió a su médico de cabecera aquejada de dolores de estómago, en Marzo de 2012, quien la derivó al especialista de digestivo con cita para el día 3 de abril. Este solicitó a su hermana una serie de pruebas (analítica, test de aliento y TAC con contraste); poniendo en conocimiento del mismo que la familia sufría antecedentes de cáncer, y que como consecuencia de ello, había fallecido un hermano recientemente.
La interesada exponía que el TAC se realizó el día 4 de Mayo de 2012 en un centro radiológico donde la informaron que la prueba se entregaría en el centro ... el día 14 de Mayo de 2012. Igualmente, le comentaron, que no tenían obligación de diferenciar la urgencia por anomalías en dichas pruebas, porque todas eran entregadas en un periodo no superior a 10 días.
La paciente, fue citada el día 7 de Noviembre de 2012 con el especialista para darle a conocer los resultados de las pruebas. El día anterior a la cita, día 6 de Noviembre, su hermana recibió una llamada telefónica de la enfermera preguntándole si se había realizado las pruebas solicitadas por el doctor. La paciente, respondió afirmativamente; y la enfermera le manifestó que no constaban en su historial ninguna de las pruebas realizadas.
Al asistir a la cita programada, se le comunicó a la paciente que sólo estaban los resultados del TAC, y que las otras pruebas se habían perdido. El TAC evidenciaba que no había anomalías en el estomago, pero que tenía un tumor en ambos ovarios “teratomas”, por lo que el especialista decidió derivarla a oncología ginecológica, solicitando nuevas pruebas.
La interesada y la paciente, mostraban estupor y asombro por recibir este diagnóstico después de 6 meses, y exigían agilización y urgencia de este caso, así como explicaciones por la demora en el diagnóstico y comunicación del mismo a la paciente.
El informe recibido de la Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla, explicaba que el plazo para la consulta obedecía a la demora habitual del servicio, y que solo se reservaba un 8% de citas para señalizaciones preferentes.
Por otro lado nos decía que los resultados de las pruebas que se hacen dentro del sistema público se visualizan en la aplicación informática, y no se conocen hasta el día de la consulta, salvo que el radiólogo haya alertado sobre el carácter de los mismos; mientras que los de pruebas que se practican en centros concertados, se reciben físicamente y se archivan, y solo se ven cuando hay sospecha previa de gravedad.
Reflexionamos sobre el significado de los plazos para estas consultas, que si bien no están sometidos a garantía, deben fijarse lo más breves posibles para completar el proceso diagnóstico con celeridad y adoptar la actitud terapéutica.
Por otro lado nos sorprendía la escasez de mecanismos correctores de la demora, pues el conocimiento de resultados significativos depende de factores no reglamentados, pudiendo derivarse fallos en su funcionamiento de manera más frecuente de lo habitual.
Así, formulamos recomendaciones en el sentido de que se agilizasen los plazos para que el proceso asistencial se redujera y fuese eficaz, que se revisasen siempre los resultados de las pruebas en el menor tiempo posible desde la fecha de su realización, y que se contactase con los pacientes con adelanto de la cita cuando fuese necesario, así como se valorase la posibilidad de comunicar los resultados, aún cuando los mismos fuesen negativos, si el plazo señalado para la cita se demorase más allá de lo razonable.
En el informe recibido se indica que se han adoptado las siguientes medidas:
1.- Que la U.G.C. de Enfermedades Digestivas había realizado un ajuste de consultas, aumentando el número de huecos de citas para recogida de resultados al objeto de disminuir la demora.
2,- Que en Junio se instauró un PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE HALLAZGOS RADIOLÓGICOS NO ESPERADOS, elaborado por la U.G.C. Diagnóstico por imagen, garantizando la comunicación entre la Unidad de Diagnóstico por la Imagen y el facultativo solicitante de una prueba de imagen, en aquellos casos en que se detecten hallazgos inesperados, con relevancia clínica. Que este Procedimiento se implanta para todas las Unidades del Área e implica una comunicación directa, de forma personal o telefónicamente, con el médico responsable del paciente, cuando los hallazgos radiológicos sugieran gravedad y/o necesidad de una intervención inmediata. Y que dicho procedimiento se trasladará también a las clínicas concertadas, para su implantación en dicho ámbito.
0 Comentarios