Queja número 16/7103
Ante la pasividad del Ayuntamiento de Campillos (Málaga) para concluir las obras de urbanización y realizar las debidas tareas de mantenimiento en determinadas calles de ese municipio, que estaba ocasionando problemas de caídas y de seguridad a los peatones en general y, más en especial, a las personas con discapacidad y su falta de respuesta a nuestra petición de información, en virtud del artículo 29.1 de nuestra ley reguladora, se formuló Resolución al citado organismo en el sentido de que se adoptasen e impulsasen las medidas procedentes para que el acerado de las calles afectadas se concluyera y se vallaran los solares sin edificar existentes en las mismas, para garantizar un tránsito seguro que, en la actualidad, no resultaba posible.
En la respuesta municipal, entre otras consideraciones, se exponía que las obras de urbanización de las calles objeto de la presente queja y otras de dicho municipio, ya se encontraban concluidas y se comprometían a remitirnos un informe sobre el estado del viario en un plazo no muy dilatado de tiempo
Así las cosas, cabía esperar que los problemas de las citadas calles se encontraran solucionados puesto que su acerado se encontraría debidamente reparado, evitándose la peligrosidad que generaba la preocupación de nuestro reclamante. Por tanto, considerando aceptada nuestra Resolución por parte municipal, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
En todo caso, nos comprometimos a enviar al interesado cualquier otra información que nos hiciera llegar el Ayuntamiento de Campillos en torno a esta cuestión.
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