Queja número 14/0629
Se revoca la caducidad de expediente para reconocimiento de discapacidad de una menor.
El compareciente exponía su disconformidad con la caducidad del expediente dirigido al reconocimiento de la discapacidad de su nieta menor de edad, nacida en agosto de 2012, que había sido acordada por la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, al parecer, por incomparecencia injustificada a la cita asignada.
Explicaba a estos efectos el interesado que era injusto que se acordase dicha caducidad, cuando la inasistencia estuvo debidamente justificada, obedeciendo al ingreso hospitalario de la menor en un Hospital de Madrid, cuyo informe médico aportaba. Por lo que entendía que el expediente no debía cerrarse, obligando a reanudar la petición desde el inicio, sino reanudar el existente y asignarle nueva cita para su valoración.
Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, sin que los diversos requerimientos nuestros fuesen atendidos, por lo que nos pusimos en contacto telefónico con el promotor de la queja, abuelo de la discapacitada, para que nos concretase cual era la situación actual del problema que nos planteó.
Éste nos comunicó que el asunto se encontraba resuelto, que ya había sido valorada su nieta y que contaba con su grado de discapacidad reconocido. En este momento, lo que aguardaban era la tramitación de otro expediente: el de dependencia, informándole de los trámites referidos a este último.
Con la resolución favorable de la pretensión, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios