Queja número 21/4097
La promotora de la queja exponía que en el mes de octubre de 2019 había presentado solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia y que por un supuesto error por parte de la Administración en la tramitación del expediente de dependencia de su padre, a fecha de presentación de su queja ante esta Defensoría continuaba sin ser valorado. Según nos explicaba, se le requirió determinada documentación para la subsanación de la solicitud y aun habiéndola presentado a través de los Servicios Sociales Comunitarios correspondientes, estos no continuaron con la tramitación.
Interesados ante la Administración, se nos participa lo ocurrido en la tramitación del expediente de dependencia, e indican que tras solicitar el traslado de expediente de dependencia a otro municipio junto a la presentación de escrito de reclamación y nueva solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia, se acreditó por la Administración el cumplimiento del requisitos de residencia legal en territorio español que en su día fuera requerida, por tanto, a fin de resolver el incidente ocurrido, se estaba tramitando de forma prioritaria la solicitud del promotor de la queja, concertando cita con el dependiente para su valoración a principios del mes de agosto.
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