Queja número 21/5104
Esta Defensoría dictaba Resolución con fecha 29 de diciembre de 2023 ante el Patronato de Recaudación Provincial de la Diputación de Málaga, ante la apertura de un expediente sancionador y la apertura de una multa administrativa. En dicha Resolución se decía lo siguiente:
“RECOMENDACIÓN de que se impartan las instrucciones oportunas en las distintas Unidades y Áreas del Patronato para que en la instrucción de los expedientes sancionadores sea tenido en cuenta el principio non bis in idem, de forma que de coexistir un procedimiento penal con concurrencia de identidad de sujeto, hechos y fundamento jurídico, se proceda al archivo del expediente administrativo”.
En la respuesta ofrecida a la resolución formulada, el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga informaba que si bien el procedimiento sancionador fue suspendido y no existía resolución sancionadora, la aplicación informática permitía emitir la carta de pago. Dicha anomalía habría sido subsanada por el servicio de esa Agencia.
Entendiendo que la Administración ha aceptado la Resolución formulada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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