Queja número 19/7140
La interesada manifestaba que a pesar de habérsele estimado mediante Resolución el recurso de reposición presentado ante su disconformidad por la desestimación de la ayuda al alquiler 2017, no había recibido ningún tipo de ingreso. Había intentado en varias ocasiones contactar telefónicamente con el organismo competente pero no lo había conseguido.
Admitida la queja a trámite solicitamos a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla información sobre la fecha aproximada en la que se efectuaría el pago de la cantidad concedida, así como los motivos por los cuales, hasta la fecha, no se había producido el mismo.
En la respuesta recibida se nos indicaba que el expediente fue remitido a la Intervención Provincial, la cual emitió, con fecha 3 de noviembre de 2020, un informe de fiscalización de disconformidad o nota de reparo pues concurrían los motivos previstos en el artículo 7.1 del R.I.J.A y/o artículo 90.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo por las deficiencias que exponía en dicho informe y que en este caso era que la solicitante no se encontraba o no se hallaba al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Una vez subsanado este incumplimiento se remitiría de nuevo a la Intervención para su fiscalización y una vez fiscalizado, se procedería al abono de la subvención concedida.
Puesto que de esta información se desprendía que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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