Queja número 21/1951
La persona interesada exponía que hacía dos meses se encontró en su buzón una carta en la que el Patronato de Recaudación de Málaga, le informaba sobre la resolución de una sanción impuesta el 11 julio de 2018 por la policía local del Ayuntamiento de Mijas, la cual nunca le fue notificada y en la que existían varias irregularidades.
En el proceso se habían producido una serie de fallos de forma e irregularidades que iban desde el planteamiento de la denuncia (en la que los apartados de la ley infringidos en el boletín eran erróneos y no existía fotografía de la infracción tratándose de un radar móvil) y la no notificación de la misma, pasando por una publicación en BOE tres días después de haber prescrito el plazo máximo de publicación (6 meses desde la elaboración del boletín), así como la opción de elegir un modo de comunicación arbitrario, no habiendo recibido ningún mensaje de la administración aún encontrándose dado de alta en la página de la DGT y Hacienda pública con sus datos actualizados en cuanto a dirección, teléfono, correo electrónico y domicilio.
Mandó una reclamación mediante registro electrónico el 19 de diciembre de 2020, que no había sido atendida ni aún se había mostrado cambio alguno de estado.
Admitida la queja a trámite solicitamos informe a la Diputación Provincial de Málaga, de cuya respuesta se deducía que el asunto planteado se encontraba solucionado, al haberse considerado la prescripción del procedimiento y resolver su finalización con archivo de las actuaciones, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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