Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 18/0447 dirigida a Diputación Provincial de Málaga
La interesada ya se dirigió a esta institución en el año 2015 como consecuencia de la cual se iniciaron actuaciones con la Diputación Provincial de Málaga y el Ayuntamiento del Humilladero.
Nos relataba que había solicitado el cambio de su vivienda protegida, en régimen de alquiler, por otra de la misma promoción por los problemas que le suponían las escaleras de la entrada de su vivienda, al tener una discapacidad del 72% y ser usuaria de silla de ruedas.
Asimismo, nos trasladaba los múltiples problemas de convivencia generados por unos vecinos, de los cuales ella y su familia habían sufrido agresiones verbales, amenazas e insultos, además de muchas otras molestias. Señalaba que la denuncia que habían presentado por esta razón ante la Guardia Civil había empeorado aún más el conflicto. Toda esta situación estaba generándole mucho estrés y empeorando aún más su estado de salud.
La Diputada Delegada de Economía, Hacienda y Relaciones Institucionales nos remitió un informe en el que se indicaba que se había resuelto concederle el cambio de vivienda, habida cuenta de que quedaban viviendas libres y de las especiales circunstancias expuestas por la interesada. En consecuencia, la queja fue concluida al estimar que se había resuelto el problema planteado.
Sin embargo, la cuestión no había quedado resuelta, como nos hizo saber la reclamante recientemente. Por el contrario, mediante escrito presentado en febrero de 2016 ante el Servicio de Patrimonio de la Diputación Provincial de Málaga, la interesada rechazó dicho cambio puesto que la vivienda ofrecida también presentaba escalones en la entrada, por lo que le suponía el mismo problema de acceso a la vivienda, y además en ese momento se encontraba ocupada ilegalmente, y solicitaba que se le asignase otra vivienda cuya entrada era accesible y se encontraba vacía.
Según nos indicaba, además, la Diputación Provincial les exigía ahora el abono de las rentas de alquiler que los vecinos dejaron de abonar cuando la Empresa Provincial de la Vivienda de Málaga (Emprovima) se disolvió. Por otra parte, al parecer esta promoción de viviendas se encontraba pendiente de ser cedida al Ayuntamiento de Humilladero.
Mientras tanto, la interesada continuaba en una situación insostenible e insistía en la necesidad del cambio de su vivienda por cuestiones de salud, por lo que volvimos a dirigirnos a ambas Administraciones.
Tras el estudio de los informes recibidos, la documentación que obra en la queja y la normativa que resulta de aplicación al presente caso, esta Institución en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formula Resolución a la Diputación Provincial de Málaga en el sentido de que se realicen las gestiones necesarias con el Ayuntamiento de Humilladero a fin de clarificar las condiciones y plazos para la cesión de las viviendas y a fin de proceder, lo antes posible, a la permuta de vivienda solicitada.
Como conoce, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz viene tramitando la queja arriba señalada, planteada por Dª. …, con relación a su solicitud de permuta de la vivienda en que reside propiedad de esa Diputación Provincial.
ANTECEDENTES
Con fecha 21 de marzo recibimos su informe, en el que se indica que en reiteradas ocasiones se ha dado traslado al Ayuntamiento de Humilladero de la solicitud de permuta formulada por la interesada, como responsable del registro municipal de demandantes de vivienda, sin haber recibido respuesta.
Asimismo se señala que el 27 de octubre de 2016 se realizó el ofrecimiento de cesión gratuita de dichos inmuebles al citado Ayuntamiento, sin haber recibido tampoco respuesta al mismo.
CONSIDERACIONES
Esta última información, sin embargo, no resulta coherente con la facilitada por el Ayuntamiento de Humilladero a esta institución con fecha 20 de febrero, con el siguiente contenido:
«Efectivamente dichas viviendas serán cedidas al Ayuntamiento de Humilladero una vez satisfechas las hipotecas por parte de Diputación y se espera que dicha sesión sea una realidad en junio de 2018, según la información de la propia Diputación y, por supuesto, nuestro Ayuntamiento procederá a la regularización de dicha promoción y, en base a la documentación que obra en nuestro poder, atenderemos debidamente la petición de cambio de vivienda de ..., como no podría ser de otra manera».
En consecuencia, habida cuenta de la disparidad de las informaciones facilitadas, en aras a alcanzar una solución definitiva al problema planteado por la interesada en su queja, y de conformidad con las competencias que la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz, nos reconoce en virtud del artículo 29.1, procede formular a ese organismo la siguiente
RESOLUCIÓN
SUGERENCIA para que se realicen las gestiones necesarias con el Ayuntamiento de Humilladero a fin de clarificar las condiciones y plazos para la cesión de las viviendas y a fin de proceder, lo antes posible, a la permuta de vivienda solicitada por Dª. … .
Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz
2 Comentarios
Deseo recibir informacion como demandante de la vivienda protegida como obtengo informacion sobre los sorteos.no tengo trabajo ni ningun tipo de ingreso tengo un grado de discapacidad del 33% y una maquina de apnea del sueño .y no tengo derecho a yna vivienda
Buenas tardes Carlos. Atendiendo a tu solicitud de información, como comprenderás, deberás dirigirte al organismo que realice los sorteos para el acceso a la vivienda pública. Tendrás que trasladar la solicitud a los Ayuntamientos o a las Empresas Públicas del Ayuntamiento de tu municipio que tenga esa función. Gracias