Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 11/3843 dirigida a Consejería de Educación
ANTECEDENTES
El interesado se dirigió a la Institución, mediante un razonado escrito, a través del cual presentaba queja por la supresión de la plaza que ocupaba como puesto específico en el Instituto Provincial de Educación Permanente de Jaén, que incluía la impartición de tutorías semipresenciales (dos días a la semana) en el Centro Penitenciario de Jaén, tarea que llevaba desempeñando desde hacía 17 años.
Para una mejor comprensión del problema planteado por dicha supresión, no solo para el estatus funcional del interesado sino, sobre todo, para la enseñanza secundaria y bachillerato en dicho Centro Penitenciario y el perjuicio que con ello se causaría al alumnado, cada vez más numeroso, que allí atienden, nos dirigimos a la Delegación Provincial de Educación en Jaén, enviándole copia íntegra del escrito de queja.
Dado que el problema planteado afectaba al próximo curso escolar, de inminente comienzo, le pedíamos que nos informase a la mayor brevedad posible sobre el problema suscitado y las posibilidades de salvaguardar tan importante programa educativo al que la población penitenciaria tenía pleno derecho de acceder.
Ante la urgencia y la falta de respuesta por parte de la Delegación Provincial de Educación en Jaén, tras reiterarle en una ocasión el informe solicitado, decidimos dirigirnos al Consejero de Educación en los siguientes términos:
“El pasado 29 de Julio enviamos una petición de informe, de carácter urgente dada la inminencia del comienzo del curso escolar a la Delegación Provincial de Jaén, sobre una queja presentada por D. ..., profesor del Instituto Provincial de Educación Permanente de Jaén, con puesto específico: que incluye su obligación de desplazarse al Centro Penitenciario de Jaén para impartir clases a internos matriculados en la E.S.O. de Adultos y bachillerato, dos tardes a la semana, dos horas cada día.
Lleva 17 años acudiendo a dicho Centro Penitenciario, tarea en la que hace años participaban otros compañeros. Desde hace años acude él solo.
La queja tiene su origen, según el planteamiento de la misma, en una reestructuración muy desafortunada del cupo de profesores del I.P.E.P. de Jaén que pretende suprimir el puesto específico que él desempeña, en una línea vocacional y de absoluta entrega, que ha merecido incluso una condecoración penitenciaria hace poco.
La Delegación Provincial de Jaén todavía no ha contestado nuestra petición de informe. Le hemos enviado un reitero una vez terminado el plazo previsto para ello.
Tras la queja de D. ... se han recibido otras 38 quejas de alumnos de E.S.O. y bachillerato, internos del Centro Penitenciario de Jaén, quienes temen el fin de las tutorías semipresenciales de su nivel de estudios en la prisión.
Una vez estudiada la documentación presentada por los interesados –en las 39 quejas que nos han formulado- y haber entrevistado personalmente al profesor, creemos, que en efecto, la decisión que se pretende adoptar, más allá de los perjuicios personales que pueda causarles al interesado, puede perjudicar la calidad de la enseñanza en los niveles aludidos, tal y como se viene prestando a los alumnos privados de libertad en Jaén desde hace 17 años.
Por ello interesamos una respuesta cuanto antes y, a ser posible restituyendo al alumnado la situación de que venían disfrutando, a través de las tutorías que les imparte el profesor D. ...”& amp; amp; amp; amp; amp; amp; amp; lt; /span>
Mientras tanto, nos llegó un informe de la Delegación Provincial de Educación en Jaén, al que aludía el Consejero de Educación cuando nos contestó, también tras habérselo reiterado en una ocasión.
Un detenido estudio de dicho informe, en el que se trataba de justificar la medida adoptada de supresión del puesto específico que venía desempeñando el citado profesor desde el año 2004, que incluía su obligación de acudir dos tardes a la prisión para impartir tutorías a los estudiantes de secundaria y bachillerato, provocó que nos dirigiéramos nuevamente al Consejero de Educación realizando algunas consideraciones y formulando una Sugerencia sobre la posible solución a este conflicto.
CONSIDERACIONES
Primera.- Recientemente hemos presentado en el Parlamento de Andalucía un Informe Especial titulado "La intervención de la Junta de Andalucía en el Sistema Penitenciario: colaboraciones más destacadas", uno de cuyos capítulos, concretamente el cuarto, se dedica al análisis de las Actividades Docentes que esa Consejería lleva a cabo en las prisiones andaluzas, a través de los Centros de Educación Permanente (C.E.P.E.R.), con unos niveles de calidad y aceptación considerables, como se pone de manifiesto en nuestro Informe. Dichos C.E.P.E.R. imparten los Planes Educativos de Formación Básica, para personas adultas, y también algunos planes educativos de carácter no formal.
Para la elaboración de dicho capítulo, sus conclusiones y recomendaciones, hemos contado con informes tanto de las direcciones de los Centros Penitenciarios como de los Directores y Claustros de los C.E.P.E.R.
Segunda.- En el capítulo séptimo de Conclusiones y Recomendaciones, tras analizar las programaciones propias de los C.E.P.E.R. y su colaboración con los alumnos que se presentan a la prueba libre de secundaria, se dice lo siguiente:
“Sin embargo se aprecian, en la mayoría de las encuestas e informes, alusiones a las carencias que se presentan en materia de enseñanza secundaria y el escaso apoyo que reciben los CEPER en esta materia. Salvo alguna excepción que citaremos, en general no existen tutores de secundaria y son demandados en casi todas las encuestas recibidas.
Así, por ejemplo, desde Almería se reclaman más medios materiales y profesionales para secundaria, que debería potenciarse más. Sin embargo es en ese centro penitenciario el único donde acuden varios profesionales de secundaria, de dos institutos de la capital, para la realización de exámenes trimestrales e impartir tutorías.
Recordemos lo dicho a este respecto por el claustro de Puerto III: “Son necesarios profesionales de secundaria porque ... a pesar de que en teoría no debemos dar clases, sino solamente tutorizar, en todos los CEPER se imparten estas clases, ya que los alumnos nos plantean dudas constantemente y de otra forma abandonarían la mayoría la secundaria en el primer trimestre”, o sea, colaboración de los CEPER si, pero no parece lo más indicado. En la misma línea de reclamar tutores de secundaria, las encuestas de Huelva, Córdoba y la de Sevilla, que describe, con su habitual pormenor, la carga adicional de trabajo que para los maestros supone todo el apoyo al grupo de Graduado en Secundaria”.
También en algunos de los informes enviados por los Directores de los Centros Penitenciarios se alude a la conveniencia de contar con profesores de secundaria que impartiesen tutorías, algo, que, por otra parte, desde hace años viene reclamando de la Administración Autonómica la propia Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
Tercera.- En el apartado de Recomendaciones, se recoge la siguiente dirigida a esa Consejería de Educación:
“Recomendamos a la Consejería de Educación que se oferten programas educativos específicos para el segmento de población que presenta serias carencias en materia de alfabetización, realidad todavía muy presente en las prisiones, que parece no estar contemplada en la normativa de educación permanente.
Asimismo le Recomendamos que regule la presencia de profesores que impartan tutorías semipresenciales para las personas que cursen estudios de secundaria y bachillerato, presencia que se reclama desde distintos ámbitos, como se explica en las precedentes conclusiones”.
Precediendo a esta recomendación, hay otras anteriores que se centran en las programaciones propias que desarrollan los C.E.P.E.R. de prisiones, reservando la aquí reseñada a dos aspectos muy olvidados en el ámbito penitenciario por parte de la colaboración autonómica, cuales son la alfabetización de, todavía numerosas personas presas, y también el asunto que aquí nos ocupa, es decir, las tutorías semipresenciales para alumnos de secundaria y bachillerato.
Cuarta.- Así las cosas descubrimos, a través de los datos aportados por nuestros informantes, que solamente en dos prisiones andaluzas, Almería y Jaén, se imparten algunas de estas tutorías, aunque pocas, y además de un modo que no vemos reflejado en la normativa reguladora de la actividad de estos C.E.P.E.R.
En el caso que nos ocupa, y como se recoge en los “Antecedentes” del informe que nos ha enviado la Delegación Provincial de Jaén:
“El profesor D. ... pertenece al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Geografía e Historia y actualmente con destino definitivo en el IES ...
Desde el curso 1993/1994 y hasta la finalización del curso pasado 2001-11 ha venido desempeñando tutorías de Enseñanza Secundaria y Bachillerato con alumnos/as del Centro Penitenciario, compartiendo horario con el Instituto Provincial de Educación Permanente de Jaén (en adelante IPEP), centro en el que estaba destinado en Comisión de Servicios.
En el año 2004 participa en la convocatoria de puestos específicos realizada por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Jaén. Ésta mediante Resolución de la citada convocatoria le asigna puesto en el establecimiento penitenciario de Jaén.
A partir de la adjudicación del puesto específico sigue compartiendo horario lectivo con el IPEP, pues las mencionadas tutorías impartidas en el Centro Penitenciario representan una carga lectiva de cuatro horas semanales, horario claramente insuficiente que no justifica la convocatoria de un puesto específico en ampliación de la nueva normativa sobre puestos específicos para el curso 2011-2012”.
De lo anterior se deduce, que en este caso, nos encontramos con un profesor que lleva impartiendo tutorías de Secundaria y Bachillerato, a alumnos y alumnas del Centro Penitenciario de Jaén, desde los inicios del curso escolar 1993/1994, o sea, durante 17 años, en los que ha atendido, junto a algún otro compañero en cursos anteriores, a muchísimos alumnos, a plena satisfacción no solo de éstos sino también de directivos penitenciarios de dicho establecimiento, que han conocido su labor durante todos esos años. Se trata de un caso encomiable de vocación docente, en favor de un colectivo tan desfavorecido y aislado, como es el de las personas encarceladas que cursan estudios de secundaria o bachillerato.
Quinta.- Por ello nos sorprende la supresión de este puesto específico, no en razón de “recortes presupuestarios”, desgraciadamente tan de actualidad; o de homologación con otros centros penitenciarios o por algún motivo de desacuerdo con el desempeño de la función por parte del profesor afectado. Nada de eso; no se cuestiona su labor. Sino que se aducen razones de aplicación de nueva normativa, cuyo alcance no entendemos, lo que se nos antoja como una decisión burocrática que a fin de cuentas luego trata de corregirse mediante el envío de otro profesor, cuyas funciones no se explican suficientemente, aunque se asegura en el escrito de la Delegación Provincial que solo se ocupará del grupo de alumnos de bachillerato.
A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, aparato 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
SUGERENCIA: que se vuelva a la situación preexistente, y, a ser posible, mejorando el número de horas de tutorías semipresenciales, no sólo para alumnos de bachillerato sino también para el más numeroso de secundaria. Y ello contando, de seguir interesado el mismo, con el profesor ..., que, como nos consta, continúa reivindicando su anterior trabajo.
José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz
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