Queja número 22/1769
La promotora de la queja nos traslada que su hijo, de 17 años de edad, sufre una parálisis cerebral infantil, siendo tratado por neurología del Hospital de Puerto Real, cuyo servicio le prescribió en junio de 2021 un sistema de comunicación alternativa mediante lector ocular.
La interesada no había podido obtenerlo porque en Gestoría de Usuario desconocían cómo gestionar la prescripción, debido a su novedad.
Interesados ante la Administración sanitaria, recibimos información legislativa que regula la inclusión del lector ocular en cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (en adelante SSPA).
Explica el informe que en mayo de 2021 se informa a los centros sobre esta inclusión en la cartera de servicios del SSPA y se remiten a los hospitales las instrucciones y las condiciones necesarias que se deben reunir para la indicación de este sistema de comunicación alternativo, a fin de que los centros hospitalarios puedan adquirir el dispositivo directamente, siempre que se cumplan las condiciones necesarias y exista un informe facultativo que lo acredite.
Así las cosas, nos indica la Administración sanitaria que aunque informó al Hospital afectado de tales instrucciones y condiciones, lo ocurrido en este caso ha sido consecuencia de una falta de información para realizar de forma adecuada los trámites para la obtención del lector ocular prescrito al hijo de la interesada. Por lo que la Administración agradece la contribución a identificar el problema padecido y procede a corregirlo en el caso y para lo sucesivo.
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