Queja número 14/1674
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el municipio granadino de Trevélez toma de decisión de iniciar las actuaciones para aprobar una ordenanza de animales de compañía que solucione los problemas que se están produciendo por las molestias de estos animales en varias zonas del municipio. Además, tras nuestra actuación se adoptan las medidas para que cesen las molestias por ruidos de ladridos de perros provenientes de un inmueble cercano a un camping.
La interesada de esta queja, propietaria de un camping en el municipio granadino de Trevélez, denunciaba que continuaban los ladridos y aullidos de perro durante toda la noche, perros que se encontraban en un almacén colindante al camping.
Decimos que continuaban por que esta Institución tramitó en su día la queja 13/1617 (que puede ver en la siguiente dirección: http://www.defensordelpuebloandaluz.es/content/aplican-medidas-de-control-por-los-ruidos-ocasionados-en-un-camping), en la que dimos por concluidas nuestras actuaciones cuando el Ayuntamiento de Trevélez nos comunicó, en síntesis, que había realizado una mediación entre las partes y habían conseguido que los ruidos nocturnos desaparecieran.
Por ello y dado que, como hemos dicho, la interesada nos comunicó que los ruidos y molestias continuaban transcurridos unos meses, nos volvimos a dirigir al Ayuntamiento y, tras varias actuaciones, finalmente conocimos que se habían puesto en contacto con la Diputación Provincial de Granada para adoptar, por parte municipal, una ordenanza de animales de compañía con vista a dar solución a los problemas que estaban surgiendo en el municipio a causa de las molestias que producían estos animales.
Con ello y dado que la interesada nos comunicó, en síntesis, que el problema se había suavizado con la intervención de los agentes de la Guardia Civil, que propició que los perros más ruidos se trasladarán a otras dependencias de la empresa, dimos por concluidas nuestras actuaciones al entender que el problema estaba solucionado.
No obstante, recordamos al Ayuntamiento de Trevélez, por un lado, que no es preciso contar con una ordenanza municipal para hacer cumplir la Ley 11/2003, de Protección de Animales y, por otro, recordábamos, en caso de que el problema volviera a aparecer, la obligación de que la policía local inspeccionara el lugar, formulara, en su caso, boletín de denuncia y por parte de los técnicos municipales se incoara expediente sancionador, adoptándose, si procediera, medidas provisionales.
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