Queja número 21/5666
Se recibía en esta Institución escrito de un vecino de Marbella en el que exponía que desde hacía años, la vivienda que habitaba: "se ve agredida por mesas, sillas, taburetes y clientes del bar sito enfrente. Ante la situación, ya que es tener bastante ruido en apenas 20 cm de pared que nos separa de la gente y del bar, debido a conversaciones y gritos frecuentes amplificadas por el tamaño de la calle, se hace insoportable llevar una vida en el interior de la vivienda. Las mesas altas son de 60 cm, sillas, taburetes, etc., instalados carecen de permiso o no es permisible que se los den ya que las Ordenanzas municipales lo impiden".
Añadía que había acudido en numerosas ocasiones tanto a los dueños del bar como al Ayuntamiento. De éste decía que "las respuestas eran evasivas", por lo que habían presentado tanto él como su esposa, diversos escritos, por ejemplo dos el día 27 de mayo de 2021, uno de solicitud de cita con el Delegado de Vía Pública, sin respuesta, y otro para que "no instalen maceteros de adorno y protectores ante el vandalismo de la clientela del bar, como se ha hecho en otras calles similares". Este segundo también sin respuesta.
Proseguía la queja relatando que "ante la falta de respuesta alguna, y dado que los ruidos y aglomeraciones de personas conflictivas, bebiendo de pie en la calle y sin mascarilla, seguían llevándose a cabo, decidimos llamar a la policía municipal que se presentó en el lugar a mediodía sin que tengamos noticia de si realizaron o no acta, o solicitaron los permisos correspondientes. Seguidamente acudimos a la Jefatura de Policía Local de Marbella el día 2 de julio de 2021 a formalizar denuncia, sin noticia alguna del expediente o actuaciones".
Finalmente, el 23 de julio de 2021 había presentado escrito solicitando la intervención de Alcaldía, también sin respuesta.
El reclamante fundamentaba la irregularidad de esta terraza de veladores con la Ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública de Marbella, Anexo I de Condiciones técnicas sobre mesas, sillas y elementos accesorios, que decía que únicamente se autorizaría la instalación cuando la acera tuviese una anchura superior a dos metros libres al tráfico de peatones, y que una vez instalada la terraza sería obligatorio que existiera un espacio libre de paso de al menos 1,50 metros de anchura (en este caso la anchura total de la calle peatonal), y que el espacio ocupado por las terrazas debería distar como mínimo 1,50 metros del eje de la calle (que en su caso estaba en 75 cm).
Consideraba que "en estas condiciones no pueden instalarse veladores o terrazas o mesas. Y en todo caso, de existir un permiso se habría hecho de forma fraudulenta sin respeto de la propia normativa y dejando a salvo el derecho de terceros. No es justo que se nos intente arrojar de nuestra vivienda haciéndola inhabitable".
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Marbella para que se nos informase si el bar objeto de queja tenía licencia de veladores y, en caso de que sí la tuviera, rogábamos nos remitiera copia de la resolución municipal o Decreto de concesión, así como del informe técnico-jurídico que previamente se debió emitir para dicha concesión.
El Ayuntamiento nos informó que la policía local, tras inspeccionar el establecimiento, había levantado acta policial tras el cual se había incoado expediente sancionador.
Dimos traslado al promotor de la queja de lo informado por el Ayuntamiento y con fecha 26 de octubre recibimos nuevo escrito del afectado comunicando que a esa fecha todo seguía igual, que el expediente sancionador del que informaba la policía local no había surtido efecto alguno y que el día 22 de octubre volvió a formular nueva denuncia ante la policía local, siendo testigo de que el día anterior, el 21, dos agentes se personaron en el establecimiento sin tomar medida alguna.
A la vista de ello, interesamos nuevamente la colaboración de ese Ayuntamiento, que sin embargo, no se llegó a responder porque el promotor de la queja nos informó antes de ello de que el establecimiento se encontraba cerrado, por lo que entendimos que no procedían mas actuaciones en el expediente de queja.
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