Queja número 17/2187
Ayudamos y pudo cobrar el salario social.
El interesado manifestaba que en diciembre de 2016 presentó su solicitud de salario social, confirmándole en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla que cumplía todos los requisitos, pero no sabían cuando lo iba a recibir.
Afirmaba que no cobraba ninguna ayuda tras haber agotado la segunda renovación de la Renta Activa de Inserción en Febrero de 2017 y no tenía familia, sus padres habían fallecido y no tenía a nadie que le pudiera ayudar.
Solicitamos informe a la citada Delegación Territorial, quien nos respondió que con fecha 13 de enero de 2017 el interesado, en representación de su unidad familiar unipersonal, presentó solicitud de acceso al Programa de Solidaridad de los andaluces y que con fecha 16 de junio de 2017 tuvo entrada en el Registro General de dicha Delegación, oficio del Ayuntamiento del municipio del interesado adjuntando documentación del mismo al objeto de incorporarla a su expediente.
La Comisión de Valoración constituida a nivel provincial y reunida con fecha 30 de junio de 2017, evaluó la solicitud presentada por la unidad familiar unipersonal junto a la documentación anexa. Asimismo, se procedió al análisis de los informes evacuados, así como a la valoración de la situación socio-económica de la misma, y como resultado de ello la citada Comisión formuló la Propuesta de Resolución por la que se proponía la concesión a la unidad familiar de la medida del Ingreso Mínimo de Solidaridad, prevista en el art. 5 apdo. a) del Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula el Programa de Solidaridad de los andaluces.
El interesado percibiría una prestación económica mensual de 406,22 durante seis meses (total 2.437,32 €).
Habiéndose solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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