El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Tras nuestra intervención, se reactiva un expediente de responsabilidad patrimonial de hace un año

Queja número 21/4834

Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Paradas, Sevilla, en el que exponía, en esencia, que con fecha de 16 de julio de 2020 había presentado en el Ayuntamiento de dicha localidad una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos a consecuencia de una caída en un paso de peatones, presuntamente a consecuencia del mal estado del pavimento, que presentaría varios socavones. Su reclamación había dado lugar a la incoación de un expediente de responsabilidad patrimonial, en el que se había requerido la subsanación de la reclamación, que había sido cumplimentada mediante escrito presentado el día 31 de agosto de 2020.

Sin embargo, casi un año después de haber formulado su reclamación, no se había dictado resolución expresa en el expediente, motivo por el cual había presentado un nuevo escrito en el Ayuntamiento de Paradas el 14 de junio de 2021, advirtiendo de que se había superado el plazo máximo de seis meses previsto en la normativa de procedimiento administrativo.

Tras admitir a trámite la queja nos dirigimos al Ayuntamiento de Paradas con objeto de que dictara resolución expresamente dicha reclamación. En su respuesta, el Ayuntamiento nos remitió copia completa del expediente administrativo de la reclamación, y nos informó que "a fecha de hoy, seguimos a la espera de que la compañía de seguros emita el informe de valoración solicitado".

No obstante, comprobamos que en la documentación del expediente había un correo electrónico de la compañía aseguradora en el que se hacía una valoración de la petición formulada por ese Ayuntamiento y tras ella se decía que "consideramos se debería dictar resolución desestimatoria expresa".

Trasladamos al Ayuntamiento que entendíamos que si se consideraba insuficiente esta manifestación de la compañía aseguradora y estimaba que era necesario un informe propiamente dicho, debería insistir ante la referida compañía o bien, en caso de que ésta no emitiera el informe pretendido, debería adoptarse otra determinación alternativa que permitiera dictar resolución expresa en el expediente de reclamación patrimonial, dado que el retraso acontecido hasta el momento era precisamente el motivo de la queja.

En nueva respuesta, el Ayuntamiento nos informó de que "se ha recibido el dictamen médico pericial y que se está redactando la propuesta de resolución por el instructor del procedimiento".

A tenor de esta información, entendimos que estaba próxima la resolución expresa final de la reclamación de responsabilidad patrimonial, habiéndose reactivado el expediente desde nuestra intervención en este asunto a raíz de la queja.

Por lo tanto consideramos que el motivo de la queja estaba en vías de solución y procedimos al archivo del expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía