Queja número 15/3263
Se logra alquiler social en vivienda adjudicada a entidad financiera y la condonación de la deuda pendiente.
El interesado manifestaba que perdió su vivienda en un procedimiento de Ejecución Hipotecaria, en el que había solicitado prórroga del plazo previsto para lanzamiento, con la intención de poder acordar con la entidad Banco de Santander una posible solución que le permitiera permanecer en el mismo domicilio, y proponía que se pudiera llevar a cabo bajo una fórmula de alquiler social.
Teniendo en cuenta las circunstancias personales y económicas del interesado, y a pesar de nuestras limitaciones competenciales, dado que la entidad Banco de Santander es una empresa privada, lo que, en principio, la excluye de nuestro ámbito de supervisión, consideramos oportuno dirigirnos a dicha entidad a fin de ponerle de manifiesto las citadas circunstancias solicitándole que se tomasen en consideración, antes de adoptar alguna decisión en relación con el desalojo del inmueble que constituía el domicilio familiar y nos facilitasen una respuesta expresa sobre la aceptación o no de la misma, o en su caso, se nos trasladase cualquier otra fórmula alternativa.
En su respuesta, la mencionada entidad nos indicó que habían contactado con el interesado y su abogado, solicitándoles documentación para el estudio de un posible alquiler social. Posteriormente nos informaron que habían llegado a un acuerdo satisfactorio consistente en la adjudicación de la vivienda en favor de la entidad financiera y la condonación de la deuda pendiente, y que se estaba a la espera de la toma de posesión del inmueble por parte del banco para proceder a concertar un alquiler social con el interesado.
En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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