Queja número 14/5722
Revisión del grado de dependencia reconocido.
La interesada tenía un hijo nacido en 2008. En febrero de 2011 le diagnosticaron TGD. En ese mismo año solicitó la ayuda a la dependencia. No fue hasta primeros de 2013 cuando la valoraron y le otorgaron grado I dependencia moderada. Así mismo, tenía certificado de minusvalía con un 48%. Nos manifestaba que todas las familias de su entorno percibían esa ayuda con hijos en circunstancias similares a la suya.
En noviembre de 2013 presentó escrito solicitando nueva valoración, adjuntando informes de todos los especialistas del Servicio Público de Salud que habían visto a su hijo, en el que coincidían en el diagnóstico. En marzo de 2014 le respondieron que su solicitud de revisión de grado carecía de fundamento. El 15 de octubre presentó reclamación pidiendo una nueva revisión, aportando una gran documentación sobre la situación de su hijo, sin obtener contestación.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga, nos contestó que aunque en la resolución de 2 de septiembre de 2014 entendían que no existía agravamiento en las condiciones de salud, a la vista de los informes aportados, el Órgano de Valoración procedió a admitir la solicitud de revisión. Por tanto, dicho expediente estaba a la espera de gestionar la cita para proceder a la revisión, que previsiblemente se realizaría en el plazo de 1 mes.
Habiendo transcurrido un plazo superior al mes indicado, la interesada nos manifestó su indignación al no habérsele sido todavía reconocida ninguna prestación, después de tanto tiempo de espera, por lo que volvimos a solicitar informe a la citada Delegación Territorial, desde donde se nos participó que con fecha 25 de mayo de 2015 se realizó la valoración del grado de dependencia, obteniendo un Grado II de Dependencia Severa, mediante resolución de 5 de junio de 2015 y que, con respecto al PIA, estaba siendo tramitado por parte de los Servicios Sociales Comunitarios.
En consecuencia, solicitamos informe al Ayuntamiento de Málaga, respondiéndonos que, tras recibir petición de Programa Individual de Atención por su reconocimiento de Grado II de dependencia por parte de la Agencia Andaluza de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, se contactó con sus familiares, se mantuvo las oportunas entrevistas, visita a domicilio y petición de documentación, para valoración del caso y propuesta del PIA. Con fecha 14 de septiembre de 2015 se presentó el informe con la propuesta PIA en la Agencia Andaluza, para que procedieran a la resolución del recurso propuesto.
Volvimos a dirigirnos a la Delegación Territorial y se nos comunicó que, estudiada la propuesta, se resolvió aprobar la prestación económica para cuidados en el entorno familiar a favor del interesado, según resolución de fecha 4 de diciembre de 2015, encontrándose pendiente de incorporación en nómina para el mes de enero de 2016.
Considerando aceptada la pretensión formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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