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Tras un proceso infeccioso crónico, la Administración sanitaria se ofrece para tratar la pérdida dentaria mediante la colocación de implante osteointegrado

Queja número 16/1581

Tras un proceso infeccioso crónico la Administración sanitaria se ofrece para tratar pérdida dentaria mediante la colocación de implante osteointegrado.

La interesada manifiesta que el 25.4.2014 fue intervenida quirúrgica de una quiste maxilar (apicectomía), pero que en el curso de una revisión que tuvo lugar al poco tiempo, se detectó que el mismo se había reproducido.

Tras varias revisiones se le incluyó de nuevo en lista de espera (el 26.6.2014), y meses más tarde se sometió al preoperatorio, que tuvo que ser repetido.

Tras un año en el que se sucedieron las infecciones e inflamación de la cara, con molestias continuas, empieza a interesarse ante el hospital, sin obtener ninguna respuesta en torno a la intervención, por lo que en agosto de 2015 formuló una reclamación, que no tuvo contestación.

Tras personarse de nuevo en diciembre de 2015, y comprobar que al final de dicho mes llevaba 552 días esperando para la intervención, en el mes de enero de repente se le hizo un agujero en la encía del diente afectado, siendo derivada a urgencias por su médico de cabecera y dentista.

Dicha atención de urgencias se produjo el 27.1.2016, y a raíz de la misma le dan cita para el 16 de febrero siguiente con el cirujano maxilofacial, procediendo ese mismo día a formular nueva reclamación en la que solicita explicación sobre lo prolongado de la espera, la falta de de respuesta a la reclamación anterior, y solicita que se la intervenga a la mayor brevedad, así como que el hospital se haga cargo de la reposición de la pieza dental perdida.

Y es que la interesada sostiene que por causa de la demora, y el mantenimiento de la infección le han tenido que extraer la pieza número 12, existiendo la posibilidad de que también tengan que quitarle la número 13.

Sostiene que en la actualidad se encuentra desempleada y carece de medios para afrontar la reposición de la pieza, por lo que pide al hospital que se haga cargo de su coste, conforme al presupuesto que se elabora al efecto, pues entiende que su pérdida resulta exclusivamente achacable a la mala gestión de ese centro, que ha hecho caso omiso a sus continuas demandas de asistencia y reclamaciones.

En virtud del informe que recibimos tras interesarnos ante el Hospital de Granada, se viene a reconocer el excesivo tiempo transcurrido para la intervención que la parte interesada precisaba, aunque se afirma que no se puede concluir que el mismo haya ocasionado la pérdida dentaria, puesto que señalan que la recidiva de la patología después de recibir tratamiento quirúrgico implica frecuentemente la necesidad de extracción.

Ahora bien, atendiendo a las especiales circunstancias del caso, ese hospital se ofrece a tratar la pérdida dentaria mediante la colocación de un implante osteointegrado, por lo que atendiendo a lo expuesto consideramos que el asunto que motivó el recurso de la interesada a esta Institución se encuentra en vías de solución.

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