Queja número 14/4187
El interesado exponía que, dado el estado de deterioro de un barrio del municipio de Villanueva del Río y Minas, el Ayuntamiento inició un proceso de regeneración de la barriada entre la década de los años 80 y 90, consistente en la erradicación de la delincuencia y la cesión de los solares de las viviendas destruidas a familias, algunas de ellas procedentes de la capital en Sevilla. A cambio del levantamiento de las viviendas, cuyo coste económico recayó íntegramente en las familias, el Ayuntamiento autorizó la instalación de agua y luz en cada una de ellas y facilitó el empadronamiento en el municipio, en el convencimiento de la regeneración de la barriada y la posterior residencia de la vivienda, mientras se regularizaban los trámites legales de propiedad de las mismas.
Después de más de dos décadas, dichas familias seguían esperando esta regularización de la propiedad.
En este sentido, el Ayuntamiento formalizó con la Consejería de Fomento y Vivienda, un convenio que hipotéticamente permitiría formalizar la transmisión de la propiedad de todos los suelos y edificaciones que conformaban la zona, facilitando la titularidad de los inmuebles a favor de las familias originales que levantaron las viviendas con el consentimiento del Ayuntamiento. Se daba la circunstancia que este proceso de regularización llevaba aparejado una cantidad económica que muchas familias no podían asumir.
La dilación en el tiempo de estos trámites estaba provocando dentro de la barriada que las viviendas fuesen asaltadas y ocupadas por jóvenes de la propia barriada, la mayoría sin cargas familiares, que veían en el asalto una oportunidad única de ocupar una vivienda completamente instalada, en detrimento de las familias originales que las levantaron, aprovechando un limbo legal producido por la dilación en el tiempo de los trámites de transferencia de la propiedad.
Manifestaba, que la situación había desembocado en que más de 15 o 20 vecinos de la barriada se encontraban prácticamente atrincherados en sus domicilios turnándose con familiares y amigos en la vigilancia del inmueble, prácticamente 24 horas al día.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Sevilla y al Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, y puestos ambos en relación, observamos lo siguiente:
Primero.- La titularidad de los terrenos donde se ubicaba la barriada la ostentaba la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
Segundo.- Que el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas había intentado, tras varias negociaciones infructuosas con la administración autonómica, negociar la cesión gratuita de los terrenos.
No obstante, con el ánimo de poder regularizar la situación de aquellos vecinos del poblado, que con cargo a sus presupuestos edificaron, lo que hoy constituía su vivienda habitual, el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas firmó el convenio de cesión de los terrenos, estipulándose el valor de la transacción en la suma de 420.708,47 euros, cantidad ésta respecto de la que el citado Ayuntamiento había ingresado en la cuenta de AVRA la suma de 159.143,36 euros. Además de establecerse un calendario de pagos.
Tercero.- El calendario de pagos pactado en el convenio hasta el momento había resultado imposible de asumir por parte del Ayuntamiento, y de los vecinos, quienes en su mayoría tenían una economía precaria.
Cuarto.- Ante esta situación, el propio Ayuntamiento afectado insistió en la formula de la cesión gratuita de los terrenos por parte de esa Administración, y en su caso, propuso la búsqueda de fórmulas alternativas que culminase en una solución al problema de adquisición de los terrenos por parte de la corporación municipal, y de esta forma, regularizar la situación jurídica de las viviendas sobre los mismos construidas, a cargo de éstos.
Asimismo, propuso el citado Ayuntamiento, que hasta tanto pudiera alcanzarse un acuerdo entre la Administración autonómica y municipal, para la adquisición de los terrenos, se articulase por parte de la titularidad de los mismos una fórmula jurídica que permitiera declarar a los ocupantes de las viviendas de dicho poblado, como legítimos poseedores de las mismas.
En consecuencia con cuanto antecede, solicitamos a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Sevilla la emisión de un nuevo informe, destacando lo siguiente:
“El antiguo poblado minero de ..., ya es titularidad del Ayuntamiento, una vez que su alcalde, y el subdirector de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), firmaron el pasado 23 de abril, ante notario, las escrituras por las que la Junta cede dicho poblado de viviendas al Consistorio, culminando así un proceso reivindicado por los vecinos.
La Consejería de Fomento y Vivienda ha alcanzado un acuerdo con el Consistorio que ha hecho posible la firma de escrituras. Ese acuerdo amplía el plazo para el abono de la cantidad acordada en su día entre las partes, por lo que a partir de ahora la administración local dispondrá de 18 meses, desde la firma de la escritura pública por la que se transmitirá la titularidad de la finca, para hacer efectiva la cantidad que resta por abonar.
Pero además, las partes han acordado que la deuda pendiente pueda compensarse con los tributos municipales que corresponde abonar a AVRA por los inmuebles de su titularidad en el municipio. Para ello, se constituirá una comisión liquidadora que establecerá las cuantías a compensar antes de liquidar el convenio de cesión del poblado.
La transmisión de la titularidad de ... al Ayuntamiento de Villanueva permitirá a los vecinos acceder a sus viviendas en propiedad, y también normalizar todas las edificaciones de equipamientos y servicios urbanos anexas a las viviendas, como la iglesia, el mercado, el cine, el economato y las zonas deportivas y piscina, que han pasado a ser titularidad municipal y de las entidades públicas responsables.”.
A la vista de los datos obrantes en esta Institución, se consideró que el asunto planteado se encontraba solucionado, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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