Queja número 19/1670
El promotor de la queja expone que tiene un hijo con discapacidad psíquica internado desde 2011 en un Centro de Granada, si bien había solicitado el traslado reiteradas veces a una Residencia de la provincia de Cádiz, para mantener la cercanía de su hijo, ya que sufre episodios de crisis de ansiedad periódicamente al no tener a sus seres queridos, al menos con más frecuencia.
Aporta el interesado las resoluciones sucesivas por las que se ha venido desestimando su petición de traslado (en 2016, 2017 y la última, de 15 de abril de 2019), subrayando que la denegación no puede perpetuarse indefinidamente en el tiempo, ya que si durante tantos años no hay plaza vacante que permita materializar la necesidad fundada, es por causa imputable a la deficiencia de plazas, que corresponde solventar a la Administración.
Tras diversas gestiones con la Administración, finalmente en fecha 1 de julio de 2019 la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía dictó resolución por la que resuelve el traslado del afectado a un Centro Residencial de Psico deficientes de Cádiz, revocando la última Resolución por la que se desestimó el traslado ante la inexistencia de plaza vacante.
En consecuencia, dado que el asunto ha quedado solucionado, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.
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