Queja número 15/5541
El Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, aceptando Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz, resuelve recurso de reposición, y además rectifica error en el computo de intereses.
El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución al Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, concretada en la necesidad de dar respuesta, a la mayor brevedad posible, el recurso de reposición presentado por la parte afectada con fecha 17 de junio de 2015.
Al efecto se recibe oficio del organismo afectado, del que, tras un detenido estudio de la información que contiene, se deduce que dicho organismo ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución.
Lo anterior, dado que tras nuestra intervención y la Resolución que habíamos formulado el 15 de marzo de 2016, el Patronato comprobó que en Resolución 3045/2015 de su Gerencia, realizada para regularizar su liquidación en concepto de IBI y para efectuar la devolución de ingresos procedentes de la aplicación de la normativa del citado Impuesto, se había incurrido en error al fijar la cuantía de los intereses de demora, aplicando el artículo 31.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Razón por la cual, en fecha 19 de mayo de 2016, mediante Resolución 2679/2016 de su Gerencia, el Patronato procedía a revisar los intereses a computar esta vez en aplicación de lo establecido en el artículo 32.2 de la citada LGT, al considerar que la devolución lo era de ingresos indebidos, por lo que el computo de los intereses debió realizarse en la forma que pretendía la parte interesada desde un primer momento. Consta, además, que se le había remitido notificación de esta nueva Resolución.
Dado que por el organismo afectado se ha aceptado la Resolución formulada por el Defensor del Pueblo Andaluz, se procede al cierre del expediente.
Ver nueva RESOLUCIÓN por reapertura de queja.
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