Queja número 18/3410
En relación con escrito presentado en esta Institución en relación con retraso en sentencia por obra en comunidad de vecinos, solicitamos informe a la Fiscalía Provincial de Málaga del que pasamos a transcribirle a continuación fragmento del mismo:
“Según la queja que presenta el Sr., en este Juzgado se celebra la vista del juicio verbal 311/2017 el 14 de noviembre de 2017, y a fecha de 13 de julio, no se había dictado sentencia, causándole tal retraso perjuicio.
Visto lo cual he procedido a verificar los hechos, de lo que resulta que efectivamente se celebra la vista el día 14 de noviembre de 2017, y que se dicta sentencia por el juez titular de este Juzgado el día 16 de julio. Por lo que a la fecha, ya ha sido notificada a las partes.
Alegar que la carga de trabajo en un Juzgado mixto, es tal que hace imposible cumplir los plazos legalmente establecidos, dando la prioridad que corresponde a procedimientos con menores, incapaces, así como a la instrucción, y dentro de la misma a las causas con presos”.
Habiéndose notificado, según refiere la Fiscalía, sentencia a las partes, damos por concluidas nuestras actuaciones y cerramos el expediente en tanto que ya se ha solucionado el problema que nos trasladaba.
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