Queja número 17/4714
En septiembre de 2017 recibimos escrito de un vecino de Alhaurín de la Torre exponiendo que: “(...) Desde hace varios años llevo denunciando ante el Ayuntamiento del municipio los insalubres hedores provenientes de una granja porcina situada en las proximidades (...). Ante el desamparo provocado por la falta de contestación me vi obligado a presentar escrito ante la Junta de Andalucía (...). A día de hoy, no he recibido contestación alguna a ninguna de las denuncias realizadas”.
Finalizaba su escrito diciendo que: “Pasan los años y apenas se ha recibido contestación por ninguna de la Administraciones y en ocasiones la situación es intratable”.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos, en octubre de 2017, la colaboración del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre y de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, para conocer, en lo que respecta a sus competencias sobre esta explotación porcina, si contaba con todas las autorizaciones preceptivas y si se había realizado alguna inspección reciente a fin de comprobar que se siguieran cumpliendo las exigencias y requisitos que en su momento se impusieron para autorizar, en su caso, la actividad.
Asimismo, interesamos a cada organismo que se diera respuesta a los escritos presentados por el interesado.
La Consejería nos trasladó informe emitido por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental en el que se informaba que, en atención a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión integrada de la Calidad Ambiental y al tipo de instalaciones objeto de queja, tras inspección de los agentes de medio ambiente, la competencia correspondía al Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre. Por ello, dimos por terminadas nuestras actuaciones con dicho organismo.
El Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre nos informó en un primer momento, concretamente en abril de 2018, que la referida granja porcina generaba unos fuertes olores y que desarrollaba esta actividad en suelo no urbanizable común sin licencia del Ayuntamiento y sin haber tramitado los preceptivos instrumentos de planeamiento ni ambientales, pese a que en el año 2015 se le había requerido su legalización, sin que se cumplimentara.
No obstante, en un segundo informe de noviembre de 2018, se nos trasladó por el Ayuntamiento que, tras seguir indagando en este asunto, se había encontrado licencia municipal para la actividad de granja o criadero de reses porcinas que databa de noviembre de 1970, si bien a nombre de otra persona distinta a la que en la actualidad regentaba la explotación.
En relación con ello, y tras girar nuevas visitas de inspección a esta actividad, se nos informó que: “se propone que se tramite un nuevo expediente para la actualización de la Licencia Municipal en vigor dado el cambio de titularidad habido, en tal sentido se ha aportado por el interesado la documentación técnica necesaria en la que se recogen una serie de medidas correctoras para disminuir los olores provocados por los animales”.
Dimos traslado de este segundo informe al promotor de la queja para que formulara las alegaciones que estimara oportunas y, en este sentido, recibimos dos escritos: en el primero de ellos, de diciembre de 2018, comentaba el reclamante que a esa fecha no había observado que se hubiera llevado a cabo actividad correctiva alguna en las instalaciones denunciadas, pero que: “No obstante, siendo diciembre y enero unos meses bastante fríos no suele apreciarse con tanta intensidad los olores que con la llegada de la primera vuelven a hacerse insoportables”.
Y en un segundo escrito, de febrero de 2019, nos decía que la problemática de olores, lejos de estar solucionada, seguía igual o peor y que afectaba a muchas personas, y en prueba de ello nos aportaba dos escritos que otros vecinos le habían hecho llegar exponiendo los malos olores que sufren y las consecuencias de ello.
A la vista de estas alegaciones, interesamos de nuevo la colaboración del Ayuntamiento, en abril de 2019, para que nos informase si se había tramitado el expediente de actualización de licencia municipal del que se nos había dado cuenta en el segundo informe, así como si se había comprobado la eficacia de las medidas correctoras que, al parecer, había adoptado el titular de la granja denunciada, con objeto de disminuir los olores provocados por los animales.
La respuesta a nuestra petición la recibimos en junio de 2020, más de un año después, donde se nos informaba que el Ayuntamiento había tenido por desistido al titular de la granja en el procedimiento administrativo incoado para la calificación ambiental de las modificaciones a realizar en la instalación ganadera, que había finalizado con Decreto de Alcaldía de enero de 2020, en el que se decretó la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento. Sin embargo, tanto este Decreto como el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de octubre de 2019, habían sido objeto de recurso de reposición por el titular de la actividad, “encontrándose pendiente de resolución ambos recursos”.
En cualquier caso, no se nos informaba si se había llevado a cabo la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento, si bien supusimos que no se había practicado, puesto que el promotor de la queja nos decía en un nuevo escrito de junio que “con la llegada del calor y la subida de temperaturas, los olores han vuelto en toda su intensidad”.
Por otra parte, desde que el Decreto de Alcaldía y el acuerdo de la Junta de Gobierno Local fueran recurridos, había transcurrido ya un tiempo más que suficiente, incluido el estado de alarma con motivo de la crisis del COVID-19, para que se hubiese estudiado y decidido lo que en Derecho procediera sobre los referidos recursos de reposición, teniendo en cuenta el tiempo que ya entonces llevábamos tratando este asunto y que se trataba de una actividad cuya incidencia ambiental era innegable, generadora de fuertes olores.
Por lo anteriormente expuesto nos dirigimos nuevamente al Ayuntamiento, en junio de 2020, solicitando su colaboración para que se dictase resolución expresa de los recursos de reposición que se habían presentado en el asunto de fondo objeto de esta queja y que si procediera en Derecho y previos los trámites legales oportunos, se ejecutase la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento, informándonos al respecto.
El Ayuntamiento nos informó, en abril de 2021, que la explotación porcina objeto de queja (de la que cabe recordar que disponía de licencia municipal para la actividad de granja o criadero de reses porcinas que databa de noviembre de 1970), estaba en aquel momento en proceso de adaptación a la normativa ambiental vigente, tal como se desprendía de la solicitud de calificación ambiental presentada en el Ayuntamiento en febrero de 2021, habiéndose iniciado un nuevo procedimiento administrativo por el titular de la actividad.
Se nos comunicaba, también, que se habían resuelto expresamente los dos recursos de reposición presentados por la titular de la granja, desestimando uno de ellos y estimando parcialmente el otro.
En vista de este último informe, consideramos que la problemática objeto de queja estaba en vías de solución este problema, y dimos por terminada nuestra intervención en el mismo.
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