Queja número 13/6432
La interesada exponía que vivía en un piso de alquiler de renta libre, junto con su marido, ambos desempleados, y su hijo de 10 años. Manifestaba que, desde hacía siete meses, al no tener ingresos, no podían hacer frente al pago de la renta, por lo que se veían obligados a abandonar la vivienda. Decía la interesada que había solicitado una vivienda de promoción pública y, añadía, que se encontraba inscrita en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida desde hacía muchos años para que le fuese concedida una vivienda en régimen de alquiler, además de haber solicitado la ayuda de los servicios sociales. No obstante su petición no había sido atendida.
Solicitado informe al Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, y recibido éste, compareció la interesada personalmente ante esta Oficina manifestando que le acaba de notificar el Juzgado que el 21 de Octubre debía abandonar la vivienda que actualmente ocupaba, que había pedido, y le habían dado, cita con personal de trabajo social para que le realizase un nuevo baremo ante tal circunstancia.
En consecuencia, puesto que en el informe recibido se nos decía que esta persona ocupaba el puesto nº 72, con 247 puntos para viviendas de dos dormitorios, con alquiler social del 5% de los ingresos líquidos de la unidad familiar, volvimos a dirigirnos al citado organismo interesando nos comunicase si las nuevas circunstancias manifestadas por la interesada, relativas al desahucio de su vivienda habitual para el mes de Octubre, incidían en la puntuación que se le asignó en su día y si daban lugar a una nueva baremación de sus circunstancias a efectos de intentar satisfacer su necesidad de acceder a una vivienda social, a tenor de las mismas.
Del nuevo informe recibido se deducía que por parte de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Sevilla se estaba tramitando un expediente para la adjudicación a la interesada de una vivienda protegida en el marco del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda. En consecuencia, en aras a poder adoptar una resolución definitiva con las debidas garantías, solicitamos de dicha Delegación Territorial, la emisión de un informe en el que se nos dijese si, efectivamente, se había iniciado dicho expediente, y, en tal caso, en que estado de tramitación se encontraba, así como el plazo aproximado dentro del cual podría formalizarse la adjudicación.
El informe, remitido por la Viceconsejera de Fomento y Vivienda, indicaba que se darían las instrucciones oportunas a la Oficina del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, para que se diese nueva cita a la interesada y se actualizasen los datos de su situación social y económica a fin de procurarle una solución dentro de la legalidad, en coordinación con los Servicios Sociales Municipales y a través del Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla.
Considerando que el asunto que motivó la queja ante esta Institución se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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