Queja número 22/1604
Se impulsa expediente de Dependencia, donde la persona dependiente, de 99 años de edad, recibe tras un largo periodo de espera Resolución administrativa por la que se le reconoce el derecho de acceso al servicio de atención residencial en el municipio de su solicitud.
La promotora de la queja exponía que en el mes de diciembre de 2020 había presentado solicitud para la revisión del programa individual de atención de su padre, sin que hasta la fecha se hubiera dictado la correspondiente Resolución.
Explicaba que el dependiente tiene 99 años de edad y delicado estado de salud, disfrutando en ese momento del servicio de Unidad de Estancia Diurna, haciendo un gran esfuerzo para acudir, sobre todo, en los meses de invierno. Por ello, habían solicitado poder acceder al servicio de atención residencial optando en la solicitud por un solo centro, Centro Residencial Nuestra Señora de Gracia de La Puebla de Cazalla.
La interesa entendía la demora en adjudicación de plaza residencial al limitar su acceso a un único centro, no obstante, motivaba su decisión en el miedo de que trasladasen a su padre lejos del núcleo familiar impidiéndole recibir el cariño de sus seres queridos en los años que restaran de vida.
Admitida a trámite la queja, e interesados ante la Administración, hemos recibido respuesta trasladándonos la grata noticia de que se habría dictado resolución aprobatoria del nuevo programa individual de atención del afectado, reconociéndole el derecho de acceso al servicio de atención residencial en el municipio de La Puebla de Cazalla.
Congratulándonos de la resolución satisfactoria del asunto que nos encomendó la promotora de la queja, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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