Queja número 12/3884
Dependiente obtiene la reanudación del SAD.
Ante esta Institución compareció el interesado participándonos la demora producida en su expediente de dependencia y, cuya petición, dio lugar a la admisión a trámite de su queja, a la petición de informe y, finalmente, al dictado por esta Defensoría de Recomendación General instando, a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Huelva, a la conclusión del procedimiento.
Notificada que fue cada una de las Recomendaciones realizadas en esta queja y en otras similares, por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía se determinó dar una respuesta conjunta a todas ellas, fechado el 3 de abril de 2014, en el que, por una parte, se avanzaban las que serían líneas generales de actuación en el Sistema de la Dependencia, a efectos de dar soluciones a la paralización producida en su funcionamiento y al que, por otro lado, se adjuntaba un Anexo en el que se concretaba el estado o situación de cada expediente de dependencia en el que había recaído Recomendación de esta Defensoría, a la fecha de entonces.
Algunas de las quejas incluidas en el referido Anexo ya habían sido archivadas, bien por haber obtenido respuesta satisfactoria a la pretensión de la persona dependiente, bien por causa distinta a la satisfacción de dicha pretensión. Si bien, de la citada Delegación Territorial subsistía el presente expediente respecto del cual, esta Institución desconocía su estado y, más particularmente, si dado el tiempo transcurrido, había sido definitivamente resuelto.
Por esta razón, se acordó solicitar a dicha Delegación la emisión de un informe adicional actualizado, en el que nos concretase si el expediente de dependencia del afectado había sido concluido y, en todo caso, su estado actual.
Puesto que se trataba de un expediente respecto del cual esta Defensoría ya dictó la Recomendación General pertinente, instando a esa Administración a finalizar cada uno de los mismos, con recordatorio de los deberes legales correspondientes, la respuesta que en esta ocasión se nos remitió fue valorada como expresiva de la aceptación de la citada Recomendación, ya que nos comunicaron que se había reiniciado la prestación del servicio de ayuda a domicilio a su favor, como dependiente, el pasado mes de julio de 2015.
En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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