Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 10/1503 dirigida a Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, (Almería)
ANTECEDENTES
La interesada, propietaria de una vivienda en el anejo de Villaricos, del municipio almeriense de Cuevas del Almanzora, desde hacía 27 años, denunciaba que la zona en la que se encuentra la vivienda, Los Conteros, no contaba con alcantarillado, aunque sí lo había en un grupo de viviendas colindante a la suya. El motivo que dio el Ayuntamiento para no instalar este servicio básico era que la zona estaba considerada como de protección arqueológica. A pesar de todas las veces que los vecinos se habían quejado de esta situación, la misma no terminaba de arreglarse.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora para conocer las actuaciones que estuviera realizando la Corporación Municipal para solucionar el problema, se nos comunicó que había solicitado informe a la Consejería de Cultura, por afectar a zona arqueológica, sobre ejecución de obras de urbanización. Conocimos finalmente que, de acuerdo con el informe emitido por la Consejería de Cultura, no era posible autorizar la ejecución de la red de saneamiento de acuerdo con la Orden de la Consejería de Cultura de 14 de Febrero de 2005, por la que se resuelve inscribir, con carácter específico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como zona arqueológica, el yacimiento de Villaricos, sito en Cuevas del Almanzora, provincia de Almería, pues las obras conllevarían el movimiento de tierras y la construcción de infraestructuras, que la citada Orden prohibía expresamente
CONSIDERACIONES
Estudiado el contenido del informe recibido resulta que, según el informe previo y vinculante emitido por la Delegación Provincial de Cultural a petición del Ayuntamiento, sobre ejecución de obras en la urbanización de Los Conteros incluida en la delimitación de la Zona Arqueológica de Villaricos, no es posible autorizar la ejecución de la red de saneamiento, a tenor de la naturaleza de las obras a realizar y en relación con lo previsto en la Orden de 14 de Febrero de 2005.
A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
SUGERENCIA para que, previos los tramites legales oportunos, incluida, si fuera necesaria, la modificación del PGOU, se adopten las medidas pertinentes para que, a la mayor brevedad, se redacte un proyecto de trazado de red de saneamiento que sea compatible con la necesidad de proteger la Zona Arqueológica de Villaricos, de forma que no afecte a los sectores protegidos de la misma y pueda ser autorizable por la Delegación Provincial de Cultura.
Ello exigirá tener la diligencia mínima para verificar sobre la planimetría existente y los ámbitos de territorios protegidos que la red que se va a proyectar no afecta al ámbito tutelado por la Consejería de Cultura evitando, de esta manera, nuevas e innecesarias dilaciones en la dotación de esta infraestructura tan necesaria para el mencionado núcleo de población. A estos efectos, parece aconsejable de todo punto que, desde el principio, mantengan contactos con la citada Delegación para evitar que se produzca otra situación igual a la que ha dado lugar al rechazo del proyecto realizado.
En todo caso, tenemos que decir a ese Municipio, como otras muchas veces hemos manifestado a diferentes gobiernos locales de Andalucía que, en gran medida, este problema se hubiera evitado si, en su día, tal y como exigía el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 1955 y la Ley del Suelo de 1956 y actualmente el art. 54 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, de 27 de Diciembre de 2002, la urbanización se hubiera ejecutado conforme al planeamiento urbanístico, a la normativa urbanística y sectorial que fuera de aplicación y, en todo caso, se hubiera impedido que se edificaran inmuebles sin que, previa o simultáneamente, se haya completado su urbanización
José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz en funciones
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